Resolución Nº 553/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición11 de Abril de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 553/2014Registros Nº 486/2014, Nº 487/2014 y Nº 488/2014

Bs. As., 11/4/2014

VISTO el Expediente N° 170.427/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 34/36 del Expediente N° 170.427/10, a fojas 2/5 del Expediente N° 171.646/11 agregado como foja 69 al Expediente N° 170.427/10 y a fojas 92/95 del Expediente N° 170.427/10 obran, respectivamente, los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dichos acuerdos los agentes negociadores convienen sustancialmente, condicionales salariales conforme a los términos y contenidos de los textos pactados.

Que en relación con lo manifestado por las partes en el artículo TERCERO del primer acuerdo citado y el CUARTO del segundo acuerdo, corresponde hacerles saber que los únicos índices estadísticos oficiales de la República Argentina son los elaborados y publicados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS (INDEC), razón por la cual la referencia o previsión de la utilización por las partes de cualquier otro índice alternativo, no resulta comprendida ni es convalidada por la homologación que se dispone por la presente.

Que respecto a lo pactado en el artículo SEXTO del primer acuerdo y artículo SEPTIMO del segundo y tercer acuerdo, corresponde señalar que la homologación que por este acto se dispone, lo es sin perjuicio, que su contenido será aplicable, en tanto no colisione con normas de orden público que establezcan una competencia jurisdiccional específica.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial de los textos convencionales de marras se circunscribe a los trabajadores en relación de dependencia con la empleadora que se desempeñan dentro del ámbito de representatividad del sindicato firmante.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los textos suscriptos.

Que así también se cumplen los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances y limitaciones que se precisan en los considerandos tercero a cuarto de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los acuerdos alcanzados, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope lndemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA y la firma HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 34/36 del Expediente N° 170.427/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA y la firma HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 2/5 del Expediente N° 171.646/11 agregado como foja 69 al Expediente N° 170.427/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3°

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA y la firma HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 92/95 del Expediente N° 170.427/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 4°

— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre los acuerdos obrantes, respectivamente, a fojas 34/36 del Expediente N° 170.427/10, a fojas 2/5 del Expediente N° 171.646/11 agregado como foja 69 al Expediente N° 170.427/10 y a fojas 92/95 del Expediente N° 170.427/10.

ARTICULO 5°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 6°

— Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los acuerdos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo...

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