Resolución Nº 38/GCABA/SSDEP

Jefe de GobiernoN/A
EmisorSubsecretaría de Deportes

VISTO:

la Ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11, la Ley N° 1.624 y sus modificatorias la Ley N°

3.218 y la Ley N° 4.059, la Ley N° 1.807, el Decreto Reglamentario N° 1.416/07, la

Resolución N° 48/SSDEP/08, la Resolución N° 50/SSDEP/10, el Expediente N°

1.046.294/13, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley del Deporte N° 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y

coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa a nivel

comunitario y en edad escolar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución N° 635/SSDEP/12, la institución deportiva LA EMILIANA CLUB

SOCIAL DE CULTURA Y RECREACIÓN, recibió un subsidio para un Proyecto de

Promoción y Desarrollo Deportivo referido a la colocación de una escalera de acceso

al primer piso, la instalación eléctrica, la colocación de persianas y trabajos de pintura

en general, por un monto de PESOS VEINTE MIL ($20.000.-);

Que atento lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley N° 1.807, esta Subsecretaría de

Deportes cuenta con facultades para otorgar a los Clubes de Barrio inscriptos en el

Registro Único de Instituciones Deportivas, subsidios destinados a la refacción y/o

mantenimiento de la infraestructura deportiva, de las instalaciones complementarias o

adquisición de insumos deportivos, debiendo la institución beneficiaria, de acuerdo a lo

estipulado en la Resolución N° 48/SSDEP/08 y su modificatoria la Resolución N°

50/SSDEP/10, realizar la correspondiente rendición de cuentas documentada ante la

Autoridad de Aplicación;

Que la mencionada institución ha presentado documentación suficiente a efectos de

demostrar la utilización de los fondos y el cumplimiento del proyecto deportivo para

cuyo objeto se otorgó el mencionado subsidio;

Que consta en las presentes actuaciones el informe de evaluación de la Gerencia

Operativa de Administración de la Dirección General de Infraestructura y

Administración, según el cual la documentación presentada como comprobante de los

gastos realizados resulta suficiente.

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES

RESUELVE

Artículo 1° Apruébese la...

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