Resolución Nº 177/GCABA/CDNNYA/14

FirmantesWolanik
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2014

VISTO:

La Ley N° 114, la Ley N° 2881, el Decreto N° 306/09, la Resolución N°

436/CDNNyA/11, las Resoluciones Nros. 290/VP-CDNNyA/2009 y 101/VP-

CDNNYA/2013, el Expediente Electrónico N° 06.835.201/MGEyA-CDNNyA/2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley 114 se crea el Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las

funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los

derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica

y administrativa y autarquía financiera;

Que el artículo 74 de la Ley N° 114, crea en el ámbito del Consejo, el Registro de

Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el

trabajo sobre temáticas y cuestiones, vinculadas directa o indirectamente a los

derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el

mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y en general a

las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como

condición insoslayable para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y

alcance con instituciones oficiales;

Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de

inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del mencionado Registro;

Que por Resolución N° 290/VP-CDNNyA/2009 se inscribió, bajo el Legajo N° 516, a la

Fundación Pro Familia, con domicilio legal sito en la calle Humberto Primo N° 656, de

esta Ciudad, en el Registro de ONGs de este Consejo;

Que dicha Fundación cuenta con el Hogar Nuestra Señora de Nazareth, con domicilio

en Avenida Belgrano N° 2944, de esta Ciudad, bajo la modalidad de hogar

convivencial, destinado a la atención de adolescentes mujeres embarazadas y/o con

recién nacidos y niños/as;

Que por Resolución 101/VP-CDNNYA/13 se resolvió sancionar a la Fundación Pro

Familia por incumplimiento a los incisos d), h) y p) del artículo 72 de la Ley N° 114,

reglamentada por la Resolución N° 436/CDNNyA/11 y punto 9.5.3.3. Inciso d) de la

Ley N° 2881, y solicitar a la Dirección General de Niñez y Adolescencia la suspensión

de ingresos por sesenta (60) días;

Que conforme se desprende de la NO-2014-00664618/CDNNYA/14, y...

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