Resolución Nº 1559/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 1559/2013Registro Nº 1226/2013

Bs. As., 25/10/2013

VISTO el Expediente N° 1.514.435/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/9 del Expediente N° 1.514.435/12 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA) por el sector gremial y la empresa SAN - UP SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el acuerdo precitado las partes convienen condiciones laborales para los trabajadores de la empresa, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme surge de los lineamientos allí estipulados.

Que la vigencia del Acuerdo bajo análisis opera a partir del día 1 de Mayo de 2012.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo, acreditando su personería y la facultad de negociar colectivamente conforme la documentación acompañada en autos.

Que asimismo se encuentran acreditados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que considerando lo previsto en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias respecto al cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, y en virtud de que los salarios pactados en el presente resultan ser idénticos a los previstos a nivel de actividad para la vigencia abril de 2012 en el acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 763 de fecha 30 de mayo de 2012, corresponde señalar que resulta aplicable al acuerdo de marras el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo de actividad, fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 948 de fecha 29 de junio de 2012.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/9 del Expediente N° 1.514.435/12, celebrado entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), por el sector sindical y la empresa SAN - UP SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/9 del Expediente N° 1.514.435/12.

ARTICULO 3°

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

— Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75.

ARTICULO 5°

— Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.514.435/12

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1559/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/9 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1226/13. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA

ACUERDO ENTRE LA UOMRA Y SAN-UP S.A.

Como consecuencia de lo Resuelto por el Comité Arbitral de la Confederación General del Trabajo en el mes de abril de 2010, mediante la cual dispuso el encuadramiento en el ámbito de representación de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, del personal que presta servicios en el Establecimiento San - Up con domicilio en la Avda. Ricardo Balbín 2967 de la Localidad de San Andrés Partido de General San Martin, Provincia de Buenos Aires, los representantes de la Empresa y la entidad Gremial se avocaron al análisis y...

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