Disposición Nº 34/GCABA/UPEAM/13
Firmantes | Anexo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Unidad de Proyecto Especial Arroyo Maldonado |
Fecha de la disposición | 27 de Diciembre de 2013 |
VISTO
Las Leyes Nrs. 93 y su reglamentación, 1.660 y su reglamentación, 2.506 y 4.013, el
Convenio de Préstamo N° 7.289- AR suscripto entre el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
(BIRF), los Decretos Nros. 403/GCABA/06,1.149/GCBA/06, 2.075/GCBA/2007,
752/GCBA/08, 217/GCBA/09, 609/GCBA/10, 729/GCBA/10, 934/GCABA/10,
557/GCABA/11 y 660/GCBA/2011, las Resoluciones Nrs. 749/GCABA/MH/10, 66-
SSPUAI-11 y
175/MDU/12, los Expedientes Nrs. 47.575-MGEYA-2009 y
4.061.399/2013, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en primer término tramitó el llamado a Licitación
PúblicaI Internacional N° 2-09 y tramita la ejecución del contrato de la Obra:
"Readecuación del Sistema de Desagües Pluviales Secundarios del Arroyo Maldonado
Grupo A", mientras que por las actuaciones mencionadas en segundo término
tramita el cómputo final y Balance de Economía y Demasía 2 (BED 2 Final) del Ramal
A-8 Matienzo,
Que la Ley 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir
un convenio de préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
(BIRF) para financiar el Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de
Buenos Aires (PGRH), consistente en las obras de readecuación de la red de
desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Maldonado y medidas com lementarias,
resultantes del Proyecto de Protección contra Inundaciones elaborado en el marco de
la Ley N° 93, que se describen en el Anexo I de la primera de las leyes mencionadas,
encontrándose previsto en ese anexo legal el componente denominado Medidas
Estructurales, el cual, además de la construcción de los túneles aliviadores, prevé
mejorar la red de drenaje actualmente existente con la construcción de 46 kilómetros
adicionales de conductos secundarios;
Que el Decreto N° 403/GCBA/06 creó la Dirección General de Relaciones con el
Banco Mundial (DGRBM), estableciendo entre sus responsabilidades primarias las de
ejercer las facultades previstas por la ley N° 93 y su reglamentación para el PPI
(Préstamo BIRF 4.117-AR), las que serían también aplicables al PGRH aprobado por
la Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF 7.289-AR);
Que mediante el Decreto N° 1.149/GCBA/06 se aprobó el Manual Operativo del
PGRH, correspondiente al Préstamo BIRF 7.289-AR, documento que entre otras
cosas incluye la estructura institucional y administrativa de la DGRBM entonces
Unidad Ejecutora del Proyecto, sus facultades, competencias, funciones y
responsabilidades y la obligación de llevar adelante el Proyecto de conformidad con
los pliegos de bases y condiciones estándar del BIRF;
Que mediante la Ley N° 2.506 se sancionó la anterior Ley de Ministerios y por Decreto
N °2.075/GCBA/2007 se aprobó la anterior Estructura Orgánico Funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose la Subdirección General
de Relaciones con el Banco Mundial (SDGRBM) y estableciéndose sus
responsabilidades primarias como una reedición de las que describía el Decreto N°
403/GCBA/06 mediante el cual en su oportunidad se creara la DGRBM;
Que mediante el Art. 1° del Decreto N° 217/GCBA/09 se aclaró que la SDGRBM, sin
perjuicio de las Responsabilidades Primarias enumeradas en el Decreto
2.075/GCBA/07, mantuvo las competencias establecidas por la Ley 1.660 y su
reglamentación, incluyendo el Manual Operativo del Programa de Gestión de Riesgo
Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por el Decreto N° 1.149/GCBA/06 en
su carácter de continuadora de la ex Dirección General de Relaciones con el Banco
Mundial;
Que mediante la Resolución N° 749/GCABA/MHGC/10 se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones titulado: Documento de Licitación Contratación de Obras: Readecuación
del Sistema de Desagües Pluviales Secundarios del Arroyo Maldonado...
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