Resolución Nº 5370/GCABA/MCGC/13

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2013

VISTO:

El Expediente N° 6.012.752-MGEYA-13 y acumulados, el Decreto N° 224-GCABA-13,

y la Resolución N° 5041-SC-2005, y

CONSIDERANDO:

Que, la señora Directora General de la Dirección General del Libro, Bibliotecas y

Promoción de la Lectura propicia las contrataciones de diversas personas para el

desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio

2013;

Que, la citada Dirección General ha evaluado la calidad e idoneidad que reúnen los

contratados, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;

Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto

de la presente, las contrataciones referidas han sido previstas en el Sistema

Informático de Contrataciones Personales;

Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto N°

224-GCABA-13;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 224-GCABA-13,

EL MINISTERIO DE CULTURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1° Apruébanse las contrataciones de las personas cuyos nombres, apellidos,

documentos y demás datos se consignan en el Anexo I, número SADE IF-2013-

06363237- -MCGC, y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente

resolución.

Artículo 2° Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe

correspondiente a los Contratos de Locación de Servicios mencionados en el Anexo I

que se aprueba por el Artículo 1° de la presente, en una Orden General de Pago.

Artículo3°.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación

de servicios correspondiente. Los contratados deberán proceder a la apertura de una

Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa

Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires deposite los honorarios correspondientes.

Artículo 4° Los contratados se comprometerán a comunicar fehacientemente los datos

de la apertura de la cuenta precitada a la...

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