Resolución Nº 3/GCABA/SSADM/14

FirmantesGreco
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Administración
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2014

VISTO:

Las Leyes Nros. 4.013, 2.634, los Decretos Nros. 238/08, 660/11 y sus modificatorios,

532/13, el Expediente Electrónico N° 218.064-DGTALMAEP/14, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 4.013 se establecieron los Ministerios del Poder Ejecutivo,

asignándole al Ministerio de Ambiente y Espacio Público las incumbencias propias de

su competencia, entre las cuales se halla la del mantenimiento y conservación de los

bienes afectados al dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que a través de la Ley N° 2.634 se estableció un régimen para aquellas personas

físicas o jurídicas, de derecho público o privado, que por su actividad deban realizar

aperturas o roturas en el espacio público, designando como autoridad de aplicación de

la misma al Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que a través del artículo 3° de la citada Ley se crea el Registro de Empresas

Autorizadas para la Apertura en el Espacio Público, estableciéndose mediante el

artículo 4°

de la misma que los incumplimientos, infracciones y faltas cometidos por.

personas físicas y jurídicas autorizadas por la mentada Ley deben anotarse en el

Registro aludido, siendo causal de exclusión del mismo, la comisión de cinco (5)

incumplimientos, infracciones o faltas, con la consecuente inhabilitación para ejecutar

las obras de aperturas o roturas en el espacio público;

Que por el Decreto N° 238/08 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.634,

instrumentándose el Registro de Autorizados para Aperturas en el Espacio Público

(RAAEP), y los requisitos, procedimientos y plazos para solicitar los permisos

pertinentes y realizar las obras de apertura y cierre;

Que a través del Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, siendo modificado

parcialmente mediante el Decreto N° 170/13 que entre otras cuestiones, creó la

Dirección General Fiscalización en la Vía Pública en el ámbito de esta Subsecretaría

de Administración, cuya principal responsabilidad primaria consiste en ejercer la

fiscalización y control en materia de aperturas en la vía pública;

Que en este marco, mediante la Nota N° 199862-DGFVP/14, la Dirección General de

Fiscalización en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR