Resolución Nº 176/GCABA/SGCBA/13
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 27 de Diciembre de 2013 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el
Decreto N° 67/10 (BOCBA N° 3.344), las Resoluciones N° 51-MHGC/10 (BOCBA N°
3.344), N° 74-MHGC/13 (BOCBA N° 4.085), N° 280-MHGC/13 y N° 164-SGCBA/13,
las Disposiciones N° A 9-DGCG/10 (BOCBA N° 3.366), N° 17-DGCG/13 (BOCBA N°
4.090), N° 183-DGCG/13 (BOCBA N° 4.212) y el Expediente N° 6.623.916-MGEYA-
SGCBA/13, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la
Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que de la autarquía mencionada se desprenden facultades de administración propias
que han sido puestas en cabeza del Sr. Síndico General, según reza el inciso 8) del
de la Ley N° 70, al enunciar: "Administrar su presupuesto, resolviendo y.
aprobando los gastos del organismo";
Que por Resolución N° 164-SGCBA/13 se aprobó la rendición de gastos realizados en
concepto de Caja Chica Especial, otorgada por Resolución N° 280-MHGC/13 de esta
Sindicatura General;
Que por Resolución N° 280-MHGC/13 se asignó a la Sindicatura General de la Ciudad
de Buenos Aires fondos en concepto de Caja Chica Especial para la contratación de
servicios de capacitación;
Que se incurrió en un error material al vincular al Expediente en trámite y, como
consecuencia, al consignar los datos correspondientes al número de Informe de las
Planillas "Resumen de Comprobantes por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por
Imputación", que como "Anexo Firma Conjunta", forman parte integrante de la
Resolución N° 164-SGCBA/13;
Que teniendo en cuenta la configuración de un error material, corresponde proceder
conforme lo establece el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de
la Ciudad, Decreto N° 1.510/97, "Rectificación de errores, materiales: En cualquier
momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho...";
Que en virtud de lo antedicho resulta procedente rectificar el número de Informe de las
Planillas "Resumen de Comprobantes por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por
Imputación", que como "Anexo Firma...
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