Resolución Nº 176/GCABA/SGCBA/13

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2013

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el

Decreto N° 67/10 (BOCBA N° 3.344), las Resoluciones N° 51-MHGC/10 (BOCBA N°

3.344), N° 74-MHGC/13 (BOCBA N° 4.085), N° 280-MHGC/13 y N° 164-SGCBA/13,

las Disposiciones N° A 9-DGCG/10 (BOCBA N° 3.366), N° 17-DGCG/13 (BOCBA N°

4.090), N° 183-DGCG/13 (BOCBA N° 4.212) y el Expediente N° 6.623.916-MGEYA-

SGCBA/13, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la

Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa

y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que de la autarquía mencionada se desprenden facultades de administración propias

que han sido puestas en cabeza del Sr. Síndico General, según reza el inciso 8) del

artículo 130

de la Ley N° 70, al enunciar: "Administrar su presupuesto, resolviendo y.

aprobando los gastos del organismo";

Que por Resolución N° 164-SGCBA/13 se aprobó la rendición de gastos realizados en

concepto de Caja Chica Especial, otorgada por Resolución N° 280-MHGC/13 de esta

Sindicatura General;

Que por Resolución N° 280-MHGC/13 se asignó a la Sindicatura General de la Ciudad

de Buenos Aires fondos en concepto de Caja Chica Especial para la contratación de

servicios de capacitación;

Que se incurrió en un error material al vincular al Expediente en trámite y, como

consecuencia, al consignar los datos correspondientes al número de Informe de las

Planillas "Resumen de Comprobantes por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por

Imputación", que como "Anexo Firma Conjunta", forman parte integrante de la

Resolución N° 164-SGCBA/13;

Que teniendo en cuenta la configuración de un error material, corresponde proceder

conforme lo establece el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de

la Ciudad, Decreto N° 1.510/97, "Rectificación de errores, materiales: En cualquier

momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho...";

Que en virtud de lo antedicho resulta procedente rectificar el número de Informe de las

Planillas "Resumen de Comprobantes por Fecha" y "Resumen de Comprobantes por

Imputación", que como "Anexo Firma...

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