Resolución Nº 3769/GCABA/MEGC/13
Firmantes | Bullrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Educación |
Fecha de la disposición | 26 de Noviembre de 2013 |
VISTO:
El Expediente N° 1.668.752/13, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por las presentes actuaciones el recurso administrativo interpuesto por el
Sr. Walter Soria, presidente de la Asociación Civil y Centro Comunitario "Torito
Pulenta", contra el Informe N° 99-DEAYA-13;
Que mediante el informe atacado, la Dirección del Adulto y del Adolescente informa
que el Registro de Bachilleratos Populares, creado por Resolución N° 279-MEGC/12,
fue cerrado por Resolución N° 1438-MEGC/12 del 09 de marzo de 2012;
Que la Asociación al notificarse del informe N° 99-DEAYA-13 lo impugna y solicita se
disponga la convalidación de la Planta Orgánica Funcional y el pago de haberes al
personal;
Que es dable advertir en primer lugar que los informes no son recurribles en virtud de
lo dispuesto por el artículo 99 del Decreto N° 1510/GCBA/97 y más allá de la
denominación que el particular le haya dado a su presentación (recurso de
reconsideración) ésta debe ser interpretada como un reclamo respecto de la
Resolución N° 1438-MEGC/12;
Que los quejosos cuestionan la Resolución N° 1438-MEGC/12, norma que dejó sin
efecto la Resolución N° 279-MEGC/10;
Que no surge de las actuaciones que se hayan acogido al régimen establecido por
esta última, ni que se hayan inscripto en el "Registro de Bachilleratos Populares" que
instrumentaba;
Que por ello, el acto administrativo cuestionado no afecta derechos adquiridos por los
reclamantes, encontrándose dentro del marco de su competencia la evaluación de la
necesidad, mérito y conveniencia de la oferta educativa existente;
Que el reclamante no ha podido aportar nuevos elementos que permitan apartarse del
criterio sustentado en la Resolución impugnada;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde rechazar el reclamo interpuesto por la Sr.
Walter J. Soria contra la Resolución N° 1438-MEGC/12;
Que el presente acto resuelve la presentación del agente, agotándose con el mismo la
instancia administrativa por tratarse de una vía reclamatoria al no impugnarse un acto
administrativo de alcance individual;
Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y
mediante el Informe 6087367-13, aconseja rechazar el reclamo...
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