Resolución Nº 1267/GCABA/SSGRH/13

FirmantesLegorburu
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2013

VISTO:

El E.E. N° 4205477/2013 (DGALP), y

CONSIDERANDO:

Que conforme averiguaciones practicadas ante la Administración Nacional de la

Seguridad Social (ANSES), la agente Máxima Bella Carranza, D.N.I. 05.774.305,

CUIL. 27-05774305-6, legajo personal 273.467, perteneciente a la Escuela de Arte

Dramático y a la Dirección General de Enseñanza Artística, ambas reparticiones

dependientes del Ministerio de Cultura, se encuentra gozando del beneficio de la

jubilación ordinaria;

Que es de hacer notar, que el inciso c) del artículo 59 de la Ley N° 471, prescribe que

la relación de empleo se extingue por encontrarse el trabajador en condiciones de

acceder a cualquier beneficio jubilatorio. En el mismo sentido, el artículo 61 determina

la necesidad de intimación al agente que cuente con los requisitos de edad y años de

aportes, de modo tal que inicie los trámites pertinentes, pudiéndosele dar la baja en

caso de no cumplir con dicho inicio;

Que al propio tiempo en caso de marras, resulta que la agente efectivamente ha

accedido al beneficio jubilatorio, razón por la cual ha alcanzado el requisito previsto en

la normativa para la extinción de la relación de empleo, en consecuencia si la

Administración Central tiene facultades para dar la baja a todo trabajador que reúna

las condiciones de edad y años de aportes, con mayor razón podrá disponer su baja

cuando efectivamente se verifique la obtención de dicho beneficio;

Que por lo expuesto, corresponde proceder a dictar la norma legal respectiva;

Que es del caso destacar, que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del

Ministerio de Modernización ha dictaminado con fecha 11 de enero de 2012, recaído

en el Informe 79098/DGTALMOD/2012, que "...la Subsecretaría de Gestión de

Recursos humanos tiene la facultad para suscribir aquellos actos que versen sobre

modificaciones de revista de los RRHH del GCBA, así como también sobre las

sanciones por cesantía en los supuestos que permite el anexo del Decreto

184/GCBA/2010."

Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el

Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE

Artículo 1 Cese a partir del 1...

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