Resolución Nº 412/GCABA/EATC/13
Firmantes | García Caffi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ente Autárquico Teatro Colón |
Fecha de la disposición | 5 de Agosto de 2013 |
VISTO:
La Ley 2855, el Decreto N° 1.342/08 y las actuaciones recaídas en el Expediente N°
1.436.388/2009 e incorporados y,
CONSIDERANDO:
{Texto contenido del considerando 1er párrafo};
Que mediante Resolución N° 162-EATC-2009 esta Dirección General ordenó la
instrucción del presente sumario tendiente a investigar la conducta irregular de la
Señora Alicia Chianalino, DNI N° 13.925.207, por las tareas desarrolladas en el
concierto de fecha 4 de octubre de 2009, mientras se encontraba gozando de una
licencia médica;
Que este Ente fue creado por Ley 2.855, que establece en su artículo 14, inciso f), que
la Orquesta Filarmónica de Buenos Aires es una Dirección de Área de este Coliseo;
Que con fecha 13 de octubre de 2009, el Director Ejecutivo de dicha Orquesta, elevó a
esta Dirección General un informe fundado respecto de la situación de la agente Alicia
Chianalino, integrante de la misma;
Que, con fecha 5 de noviembre de 2009, la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal hizo saber que la señora Alicia Chianalino participó de un concierto en la
Parroquia San José, ubicada en San Isidro, Provincia de Buenos Aires, como violinista
convocada por la Directora de la Orquesta Sinfónica de San Isidro el día 4 de octubre
de 2009, mientras se encontraba usufructuando de una licencia por motivos médicos;
Que, abierta la etapa instructoria, se recibió declaración testimonial a Charlotte Inés
Stuijt, Directora de Coros y de Orquesta de la Sinfónica de San Isidro, quien a fs. 10 y
vta., expresó que el e-mail obrante a fs. 5 de la Carpeta N° 1.273.153/EATC/2009 le
pertenece, y se trata de una contestación al Sr. D. Marías, a quien no conoce, explicó
que tiene formada una orquesta que toca una o dos veces al año, siempre con los
mismos integrantes, los cuales son músicos de la Orquesta Estable, la Filarmónica y la
Sinfónica;
Que la Sra. Directora de Coros y de Orquesta declaró que habló con Chianalino por
teléfono, quien le contó el tremendo accidente que sufriera, y que no estaba tocando
en ese momento en la Filarmónica, que tenía la recomendación de su médico para
empezar a trabajar con poco esfuerzo y que en este caso, se trató de una obra de
cincuenta minutos, Concierto para Violín y Orquesta de J. Brahms;
Que asimismo refirió que Chianalino le comentó que no sabía cómo tocaría, que había
estado paralizada mucho tiempo, pero teniendo la indicación de su médico y de su
kinesiólogo, lo intentaría por tratarse de una obra breve y sin esfuerzo, porque era un
acompañamiento de solista, agregó que la dicente le rogó a Chianalino que se
presentara, porque eran los veinte años de la Fundación que respalda jurídicamente a
su orquesta y dicha intérprete concurre desde el año 1987;
Que a fs. 12 prestó declaración testimonial Eduardo Andrés Ihidoype, entonces
Director Ejecutivo de la Orquesta Filarmónica de Buenos Aires, quien ratificó en un
todo la nota sin número que corre a fs. 2 de la Carpeta N° 1.273.153/EATC/2009,
tratándose de una falta seria, señaló que el concierto de la Orquesta de San Isidro
debió demandar ensayos, a los que Chianalino seguramente también asistió, y
manifestó que su desempeño en esa actividad retrasaría su mejora para reintegrarse a
la orquesta, además, de generar un mal antecedente para la Filarmónica;
Que, llamado a prestar testimonio, declaró a fs. 13 y vta. Lucas Martín Figueras,
Director Vocal del Ente Autárquico Teatro Colón, manifestando que dentro del marco
legal de licencias, coincide en que en la fecha en que se comprobó que Chianalino
asistía a esa función, ella se encontraba con licencia médica, y que con fecha 16 de
octubre de 2009, la renovó, con lo cual hace presumir que el motivo de la misma
seguía vigente, añadió que, conforme la normativa, Chianalino debió peticionar antes
de esa función el levantamiento de la licencia, con la justificación médica y
administrativa;
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