Secretaria Electoral Nacional -dto. Santiago del Estero S/publicacion de Edictos

Fecha de disposición22 Julio 2011
Fecha de publicación22 Julio 2011
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta32197

Viernes 22 de julio de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.197 33 posición de la sindicatura en cinco dÃas. Fdo:

Gerardo D. Santicchia. Juez.

Buenos Aires, 13 de julio de 2011.

Adriana Patricia Cirulli, secretaria.

e. 20/07/2011 N'º' 87828/11 v. 26/07/2011 %@% N'° 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'° 20 a cargo del Dr. Eduardo E.

Malde SecretarÃa N'° 39 a mi cargo, en los autos caratulados “Valdés Miriam Adriana s/Quiebra” hace saber que con fecha 30/6/2011 se decretó la quiebra de Miriam Adriana Valdes DNI.

13.615.277 - CUIT 27-13615277-2 y que hasta el dÃa 21/9/2011 los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación al sÃndico Juan Carlos Herr con domicilio constituido en la calle Córdoba 1351 8'° asà como los tÃtulos justificativos de sus créditos. El sÃndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los dÃas 17/11/2011 y 16/2/2012 respectivamente. ProhÃbese hacer pagos y/o entrega de bienes al fallido so pena de considerarlos ineficaces, intimando al fallido y a terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del sÃndico dentro del quinto dÃa.

Asimismo, intÃmase al fallido para que dentro del quinto dÃa dé cumplimiento a lo dispuesto opr el artÃculo 88 inc. 3 y 4 LCQ. IntÃmase a la fallida y en su caso sus administradores a efectos de que dentro de las 48 hs. constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Para ser publicado en el BoletÃn oficial por el término de cinco dÃas sin pago previo.

Buenos Aires, 13 de julio de 2011.

Ana V. Amaya, secretaria.

e. 21/07/2011 N'° 88784/11 v. 27/07/2011 %@% El Juzgado Nacional de 1a Instancia en lo Comercial N'º' 20, a cargo del Dr. Eduardo E. Malde.

Juez, SecretarÃa N'º' 40, interinamente a mi cargo, en los autos caratulados: “Artel Comunicaciones S.R.L. s/Quiebra (Decretada 06/07/2011)”, hace saber que con fecha 06/07/2011 se decretó la quiebra de “Artel Comunicaciones S.R.L.” - CUIT 33-70178276-9- y que los acreedores posteriores a la presentación concursal -acaecida con fecha 25/06/2010- deberán verificar sus créditos en forma incidental; El sÃndico: Jalfin,

Jorge David, con domicilio constituido en la calle Sarmiento 1452 8'º B deberá presentar informe adecuatorio de los créditos reconocidos en la etapa concursal e informe previsto en el art.

39 de la ley citada 24.522, el dÃa 28/09/2011. Se ha dispuesto, asimismo la prohibición de hacer pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, intimandose a la fallida y terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del sÃndico dentro del quinto dÃa. Se ha dispuesto, además la intimación a la fallida para que entregue al sÃndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad dentro de las 24' hs. Para ser publicado en el BoletÃn oficial por el término de cinco dÃas, sin pago previo.

Buenos Aires, 7 de julio de 2011.

Ana V. Amaya, secretaria.

e. 21/07/2011 N'º' 88708/11 v. 27/07/2011 %@% El Juzgado Nacional de 1a. Instancia en lo Comercial N'° 20, a cargo del Dr. Eduardo E. Malde.

Juez, SecretarÃa N'° 40, interinamente a mi cargo, en los autos caratulados: “Marin Andrés s/Quiebra”, hace saber que con fecha 07/07/2011 se decretó la quiebra de “Andrés Marin” - CUIT N'° 20-23115704-3, DNI N'° 23.115.704 - y que los acreedores posteriores a la presentación concursal –acaecida con fecha el 30/04/2009– deberán verificar sus créditos en forma incidental; el SÃndico: Ignacio Alberto Billon, con domicilio con domicilio constituido en la calle Reconquista 715, piso 4'°, Of “E”, deberá presentar informe adecuatorio del pasivo verificado en el concurso preventivo y un informe general (rectificatorio, ratificatorio y/o ampliatorio) de aquél presentado en la etapa concursal preventiva, el dÃa 19/09/2011. Se ha dispuesto, asimismo la prohibición de hacer pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, intimándose a la fallida y terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del sÃndico dentro del quinto dÃa. Se ha dispuesto, además que entregue al sÃndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad y para que dentro del plazo de veinticuatro horas. Para ser publicado en el BoletÃn oficial por el término de cinco dÃas, sin pago previo.

Buenos Aires, 7 de julio de 2011.

Ana V. Amaya, secretaria.

e. 21/07/2011 N'° 88793/11 v. 27/07/2011 %@% N'° 21

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º' 21, Secretaria N'º' 41, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3'º piso, de esta Capital, en los autos caratulados: “Le Solier SRL s/Quiebra”, expte N'º' 055926, comunica por cinco dÃas que con fecha 14 de Junio de 2011, se ha decretado la quiebra de “Le Solier SRL “,

Cuit 30-70.818.480-9, con domicilio en Bolivia 581, 1'º piso, Dto. “B”, CABA, designándose Sindico a la C.P. MarÃa Alejandra Barbieri, con domicilio constituido en la calle Cabildo 2040, 5'º “G”, de Capital Federal, Tel 4787-5045, horario de atención de 10 a 13' hs. y de 14 a 17' hs.; fijándose plazo para que los acreedores concurran a verificar sus créditos hasta el dÃa 30/9/11 y los informes de los arts. 35 y 39

LCQ deberán presentarse los dÃas 14/11/2011 y 01/02/2012, respectivamente. Asimismo se intima a la fallida, y a los terceros, que entreguen al Sindico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de efectuar pagos a la fallida bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. IntÃmase a la fallida a fin de que en el plazo de 48 horas constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituÃdo en los estrados del Juzgado y que cumpla en lo pertinente con los requisitos del art. 86 segundo párrafo de la ley citada. IntÃmase al Socio Gerente de la fallida para que dentro del quinto dÃa cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta...

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