Municipalidades y Comunas: Legislación - Normativas
Fecha de la disposición | 17 de Enero de 2017 |
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MARTES 17 DE ENERO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 12
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
DECRETO Nº 54/2016 ................................................................Pag. 1
DECRETO Nº 55/2016 ................................................................Pag. 1
DECRETO Nº 56/2016 ................................................................Pag. 2
DECRETO Nº 57/2016 ................................................................Pag. 2
DECRETO Nº 58/2016 ................................................................Pag. 2
MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE
LICITACIONES ......................................................................... Pag. 3
Municipalidad de LA CUMBRE
ORDENANZA Nº 54/2016
1 DE DICIEMBRE 2016
VISTO:
La Ordenanza Nº 14/016, que ja como tarifa de Taxis y Remis hasta doce
(12) cuadras en el valor de $ 25 (veinticinco).-
Y CONSIDERANDO:
El pedido de la mayoría de agencieros y conductores de las distintas agen-
cias de Remis y/ o taxis en donde solicitan un nuevo aumento de tarifa.
Que este cuerpo y atendiendo dicha solicitud de aumento, e implemen-
tando el mecanismo que se utiliza para la toma de decisiones o sea el
porcentaje de la mayoría para sancionar la normativa.-
Que es necesario dado que los costos de combustibles y/ o repuestos,
entre otros insumos, superan los márgenes de las mismas.-
Que al aumentar alivianará lo mencionado en el considerando citado ante-
riormente, pero que también más allá del aumento es obligatorio tener los
vehículos en condiciones de acuerdo a lo que marca la Ordenanza 21/016
respecto al ITV, Modelo de unidades, etc. que hacen al cuidado y estado
de los vehículos en todo sentido para el bien de aquellos que hacen uso
de ese servicio.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE
PROPONE EL SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A Nº 54/016
Art. 1º) FIJASE como nueva tarifa de Taxis y Remis, a partir del 01/01/2017
como viaje mínimo hasta doce (12) cuadras en el valor de $ 28,00 (pesos
veintiocho), y el valor de $ 1,75 (un peso con setenta y cinco centavos) por
cada cuadra, diurno y el valor de $ 33 (pesos treinta y tres) y el valor de $
2.00 (pesos dos) nocturno (de 00.00 hs. A 06.00 hs) según anexo de tabla
tarifaria adjunta. La misma deberá ser exhibida en cada agencia y en los
vehículos afectados a la prestación de servicio de taxi y/ o remis.-
Art. 2º) CADA VEHÍCULO, deberá exhibir la tarifa según el Art. 27º y 5º inci-
so h de la Ordenanza 21/016, la misma deberá exhibirse en cada agencia.-
Art. 3º) CADA Diez (10) minutos de espera se cobrará el valor equivalente
a un viaje mínimo, el mismo deberá ser exhibido en cada vehículo.-
Art. 4º) SERÁ OBLIGATORIO a partir de la fecha que cada vehículo tenga
la placa de remis y/ o taxi identicatoria colocada en su vehículo.-
Art. 5º) DERÓGASE la Ordenanza Nº 14/016 en todo su contenido.-
Art. 6º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al registro municipal, a
las áreas correspondientes y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A UN DIA DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-
CAROLINA CRISTINA CEPEDA SECRETARIA HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE. ISABEL GERMANA LUCERO PRESI-
DENTA HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE LA CUMBRE.
1 día - Nº 85717 - s/c - 17/01/2017 - BOE
ORDENANZA Nº 55/2016
8 DE DICIEMBRE 2016
VISTO:
La presentación efectuada por los titulares de: Restaurant Khuska, Bar La
Recova y Bar Alcudia.
Las facultades emergentes de la Ley 8102.
Y CONSIDERANDO:
Que los titulares de Restaurant Khuska, Bar La Recova y Bar Alcudia pre-
sentaron un proyecto – el que se adjunta como Anexo I y forma parte del
presente – a los nes de la colocación de Decks en la zona asfáltica de la
calle 25 de Mayo, entre López y Planes y Belgrano.
Que presentaron, a tales nes, un modelo único y uniforme de Deck a los
tres espacios solicitados.
Que tal modicación importará una vista renovada, que mejorará la calidad
y oferta gastronómica en periodos estivales en nuestra Localidad de La
Cumbre.
Que dicho proyecto, no supone gasto alguno para el Municipio ni transgre-
de normativa vigente alguna.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 55/016
ARTÍCULO 1.- APRUEBESE, en forma provisoria, hasta tanto sea deni-
do un proyecto integral de mobiliario urbano, el proyecto sobre Decks que
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