Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 26 de Agosto de 2015, expediente CAF 017068/2012/CA001

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 17068/2012 MOYANO NELSON FABIAN c/ EN-M° DEFENSA-EMGE DTO 2769/93 926/11 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de agosto de dos mil quince, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso de apelación interpuesto en el expediente “M.N.F. c/ EN –Mº Defensa –

EMGE dto 2769/93 926/11 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg”, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. J.F.A. dijo:

  1. Que la jueza de la anterior instancia hizo parcialmente lugar a la demanda interpuesta y, en lo que aquí importa, ordenó la inclusión de las sumas correspondientes a los incrementos salariales otorgados en los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07, 1053/08, 751/09, 883/10 y 926/11, en el haber del actor; con más el cobro de las retroactividades devengadas, en los términos de los precedentes “S.P.” y “Z.O.”. Impuso las costas en el orden causado.-

  2. Que contra dicho pronunciamiento el Estado Nacional apeló a fs. 87 y fundó sus agravios a fs. 92/97, los que no fueron contestados.-

    Se agravia de que en la sentencia apelada se hizo lugar a la pretensión de su contraria. Sostiene que las asignaciones objeto de autos revisten el carácter de suplementos particulares y no integran el concepto sueldo. Asimismo, cuestiona que se le haya ordenado liquidar los haberes del actor incluyendo los incrementos salariales dispuestos en el Decreto 883/10.

    Señala que dicha norma tiene por fin establecer el “haber mensual” del personal allí precisado; y agrega que, la pretensión de la demandante de que la fijación de la tabla de haberes sea considerada como un aumento porcentual, carece de sustento jurídico, pues no existe ningún cuestionamiento a la modalidad establecida por el Poder Ejecutivo en la fijación de haberes por tabla.

  3. Que, con relación a las sumas otorgadas mediante los decretos 1104/05, 1095/06 y sus modificatorios, la Corte Suprema de Justicia Fecha de firma: 26/08/2015 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA de la Nación en la causa “S.P.Á. y otros c/ Estado Nacional-

    Ministerio de Defensa s/ amparo”, del 15 de marzo de 2011...

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