Sentencia de Sec.Gral., 26 de Marzo de 2014, expediente FGR 1573/2014

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2014
EmisorSec.Gral.

Poder Judicial de la Nación Resolución N° 110 Corrientes, veintiséis de marzo de dos mil catorce.-

Vistos: los autos caratulados “M.R., A.J. S/ Habeas Corpus”, Expte. N° FGR 1573/2014 del registro de este tribunal, provenientes del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Corrientes.

Considerando:

Que la presente causa se inicia en virtud de la acción de hábeas corpus articulada por derecho propio por el condenado A.J.M.R., quien cumple pena privativa de libertad en la Unidad Nº 5 del Servicio Penitenciario Federal a disposición del Tribunal Oral Federal de esta ciudad.

Conforme emerge del acta de fs. 06 labrada con motivo de la audiencia prevista en el art. 9 de la ley 23098, el peticionante refiere que el día 29 de abril del año 2014 estaría en condiciones de obtener la libertad condicional, correspondiendo que en función del reconocimiento por estímulo educativo previsto por el art. 140 de la ley 24660 se practique un nuevo computo de pena. Señala asimismo que en reiteradas ocasiones intento sin éxito comunicarse telefónicamente con el Tribunal Oral de esta ciudad.

A fs. 07 obra acta labrada ante la Defensoría Publica Oficial de General USO OFICIAL Roca (Río Negro) en la que el condenado ratifica el motivo de su presentación solicitando que se realice un nuevo computo de pena atento a que originariamente la fecha prevista para que pueda acceder a la libertad condicional sería 29 de julio de 2014, pero que con el estímulo educativo seria 29 de abril. Manifiesta que hasta la fecha no habría sido resuelta la cuestión. Asimismo en el acta se deja constancia de la remisión de lo actuado al Sr. Defensor Oficial ante el Tribunal Oral de esta ciudad de Corrientes.

En el mismo acto a fs. 06 el Juzgado Federal de General Roca declara su incompetencia, resolución que fuera confirmada a fs. 10 por la respectiva Cámara Federal remitiéndose el legajo en trato al Tribunal Oral Federal de esta ciudad.

Ingresadas las actuaciones el mencionado Tribunal agregó a fs. 16/17 copia certificada de la Resolución Nº 09 correspondiente al legajo de ejecución del condenado M.R., por la cual se hace lugar a la reducción de pena peticionada, en función de lo previsto en el art. 140 de la ley 24660 y se practica un nuevo computo, modificándose en consecuencia (pto. 3º) el item relativo a la libertad condicional, el que se reduce en tres meses.

Acto seguido, a fs. 18 y vta. mediante Resolución Nº 10 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad, se declara...

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