Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 1, 13 de Diciembre de 2013, expediente 29486/10

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2013
EmisorSala 1

Poder Judicial de la Nación Causa Nro. 29.486/10

SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 89.463 CAUSA NRO. 29.486/10

AUTOS: “MOREL SINDULFO C/ MAPFRE A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE – ACCION

CIVIL”

JUZGADO NRO. 73 SALA I

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de Diciembre de 2.013, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La D.G.A.V. dijo:

  1. La señora Jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora de riesgos del trabajo a abonar al trabajador las prestaciones dinerarias previstas por la Ley 24557 como consecuencia de la minusvalía física que presenta a raíz de las tareas que prestó para Frávega SA.

  2. Tal decisión es apelada por la parte actora a tenor de las manifestaciones vertidas en la memoria de fs. 864/871. Por su parte, a fs. 863 y a fs.

    872/873, la perito contadora y la representación letrada del actor, respectivamente,

    objetan las regulaciones de honorarios por estimarlas reducidas.

    La parte actora se queja por la fecha del cómputo de los intereses establecido en origen y porque la “a quo” no se expidió respecto al reclamo en concepto de gastos de operación, tratamiento kinesiológico, psicológico y de medicamentos que debió realizar a través de la obra social, toda vez que la misma no los cubrió en su totalidad. Asimismo, se queja porque se omitió expedirse respecto al pedido de aplicación al caso de las previsiones de la Ley 26773 que fuera oportunamente peticionado.

  3. Adelanto que por mi intermedio, el recurso interpuesto tendrá favorable recepción.

    Recuerdo que el actor –quien se desempeñó como empleado de carga y descarga para la empresa Frávega SA desde mayo de 1998- dijo que el día 03.01.2005, mientras se encontraba cargando un televisor al camión, sintió dolor en la cintura por lo que se dirigió a la aseguradora a efectos de realizar la denuncia correspondiente. Relata que, la aseguradora rechazó la denuncia por lo que tuvo que hacerse atender a través de la obra social. En diciembre de 2007 le realizaron una RMN que arrojó un cuadro de anterolistesis grado I de L sobre vértebra transicional con probable espondilólisis y pseudoabombamiento discal posterior. En junio de 2008 se le 1

    practicó una disectomía y artrodesis L4 SQ. Luego de la operación, le indicaron tareas livianas por padecer de lumbociatalgia.

    El perito médico designado en autos, determinó que el sr. M. presenta una...

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