Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA D, 29 de Octubre de 2014, expediente CIV 010651/2009/CA001

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2014
EmisorSALA D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D Sala “D” - “M, A D c/ S, A M s/ Divorcio” (expte. n°

10.651/09/CA1 – J. n° 04)

Buenos Aires, de octubre de 2014.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I - Vienen las presentes actuaciones a este Tribunal para resolver las siguientes cuestiones: a)

la caducidad de segunda instancia acusada a fojas 494 cuyo traslado conferidos a fojas 495, fue contestado a fojas 500/507 y el dispuesto a fojas 507, no fue contestado y b) la caducidad del incidente de caducidad de instancia acusada a fojas 510, cuyo traslado conferido a fojas 520 y contestado a fojas 521 y fojas 526.

II - La caducidad de la instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado de esta forma tienen su sanción. Su finalidad excede el beneficio de las partes y tiende a liberar al órgano jurisdiccional de la carga que implica la sustanciación y resolución de procesos evitando la duración indefinida de éstos cuando las partes presumiblemente abandonan el ejercicio de sus pretensiones (conf.

CNCivil, S. “F”, “Brizuela c/ Y.P.F. S.A.”, agosto 8/994, revista Jurisprudencia Argentina n° 5946 del 18/8/95, página 56).

La inactividad, como presupuesto de la caducidad de la instancia, significa la paralización del Fecha de firma: 29/10/2014 Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.M.R. BRILLA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA trámite, exteriorizándose esta circunstancia por la no ejecución de alguna de las partes o por el órgano judicial de actos idóneos para impulsar el procedimiento, hacia su fin natural que es, en el presente estadio procesal, por una parte la elevación en tiempo y forma del expediente para el tratamiento de los recursos de apelación lo que motivara el acuse de caducidad de la segunda instancia de fojas 494 y por otra, la falta de impulso para la consideración de esta cuestión que derivó en el acuse de la caducidad del incidente de caducidad de instancia opuesto a fojas 510.

Sentado ello y sobre la base de estos presupuestos, serán evaluados, en primer término la caducidad del incidente de caducidad de instancia intentado a fojas 510 para luego tratar la caducidad de la segunda instancia opuesta a fojas 494.

  1. Caducidad del incidente de caducidad de instancia acusada a fojas 510:

    A diferencia de lo señalado a fojas 510, y en especial a fojas 526, la demanda no consintió la caducidad del...

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