MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de la disposición | 12 de Junio de 2014 |
SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE COMERCIO Y AFINES - ZONA OESTE, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 17/14.
DENOMINACION: La Asociación Sindical de trabajadores de primer grado, que se constituyera con fecha 20 de Abril de 1946 en la ciudad de Moreno Provincia de Buenos Aires e inscripta en el Registro de Asociaciones Gremiales de Trabajadores, según Resolución M.T. y S.S. Nº 129 con fecha 04 de Febrero de 1987, se denominará SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE COMERCIO Y AFINES - ZONA OESTE.
DOMICILIO: Fijase domicilio legal del Sindicato en la Ciudad de Morón, partido de Morón Provincia de Buenos Aires, en el lugar físico que lo determine el Organo Directivo.
ZONA DE ACTUACION.
El ámbito geográfico del S.E.O.C.A. ZONA OESTE comprenderá los partidos de Morón, Moreno, Marcos Paz, Ituzaingo, Merlo y La Matanza. Asimismo y respecto de la localidad de Villa Tesei, Pdo. de Hurlingham, posee zona de actuación con carácter de inscripción gremial.
REPRESENTACION: El Sindicato de Empleados y Obreros de Comercio y Afines, Zona Oeste, agrupará a todos los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia con empleadores cuya actividad sea de carácter comercial (intercambio de bienes de cualquier naturaleza) o consista en la prestación de servicios o se trate de actividades civiles con fines de lucro, con total prescindencia de la naturaleza jurídica del empleador (persona física, sociedades comerciales, cooperativas, etc.) o consistan en organismos de seguridad social y/o previsionales y/o asistenciales y/o sindicales correspondientes a dichas actividades, incluyendo en todos los casos al personal obrero, de maestranza, ventas, técnicos y profesionales, personal jerárquico y personal externo, así como los que realicen tareas administrativas conexas a actividades industriales y los trabajadores en pasividad de las precedentemente enunciadas.
El Sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por 20 (veinte) miembros titulares elegidos democráticamente por el voto directo y secreto de todos los afiliados en condiciones que estos estatutos determinan. Desempeñarán los siguientes cargos:
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- SECRETARIO GENERAL
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- SECRETARIO ADJUNTO
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- SECRETARIO DE ORGANIZACION
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- SUB-SECRETARIO DE ORGANIZACION
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