Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 15 de Diciembre de 2015, expediente CNT 017955/2015/CA001

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2015
EmisorSALA V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA 39326 SALA VI Expediente Nro.: CNT 17955/2015 AUTOS: “MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL C/

SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR Y OTRO S/ LEY DE ASOC. SINDICALES”

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2015 VISTO:

Contra la Resolución N°824 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de fecha 11 de agosto de 2014 recaída en el expte. Advo.nº1-2015-1285415/08 se alza el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO de S. delE., interponiendo el recurso previsto en el art. 62 inc. b de la Ley 23551, con réplica del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) a fs. 210/214 y de la Asociación de Viajantes Vendedores de Argentina (AVVA) a fs. 223/227.

Y CONSIDERANDO:

I.La Res. 824 del METySS impugnada desestima los recursos jerárquicos interpuestos por la empresa PEREZ CURBELO HNOS.

SRL y por el recurrente SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO de S. delE., agotando la instancia administrativa y dejando firme la Disposición de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales “E” nº23 del 1 de agosto de 2009 encuadrando al personal de aquella en el ámbito representativo de la ASOCIACION VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE Fecha de firma: 15/12/2015 Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA INDUSTRIA COMERCIO Y SERVICIOS y al resto del personal al SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA dejando a salvo el derecho de libre afiliación consagrado en el art.4 de la Ley 23551.

La Resolución atacada señala que para dirimir los conflictos de encuadramiento se toman en consideración dos elementos fundamentales:

1ro. El ámbito representativo de su personería que surge de la resolución que la otorga y 2do. La actividad principal de la empresa, citando doctrina de ésta Sala (CNAT Sala VI 21/11/2007 “SMATA c/ Ministerio de Trabajo”).

Que en los considerandos de la Disposición DNAS “E” nº19 que basa la Resolución 824/14 recurrida, se expresa que de la diligencia verificatoria surge que la actividad del establecimiento de la empresa Pérez Curbelo Hnos SRL es la de “venta de Cubiertas y Neumáticos” y que también se desarrollan tareas de mecánica automotor a cargo de quince (15)

trabajadores sobre el total de 28 empleados con que cuenta la empresa, quienes en particular se desempeñan en las secciones de alineación, balanceo y mecánica del tren delantero.

Agrega que corresponde al SMATA la representación del personal en disputa toda vez que goza de personería gremial para representar a…

Fecha de firma: 15/12/2015 Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI “todos los empleados sin distinción de jerarquía que presten servicios en las empresas que se dediquen directamente o como concesionarios, agencias, talleres a la comercialización, armado, importación…de toda clase de vehículos automotores sus repuestos y accesorios…”

  1. Se agravia el sindicato apelante por cuanto dice que la Resolución Ministerial 824/14 se basa en “razonamientos erróneos” en tanto sostiene que en la contiendo sindical del sub examine concluyen dos sindicatos verticales: SMATA y Empleados de Comercio de Santiago del Estero con uno horizontal o de oficio: la Asociación de Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios”.

    Y que luego agrega que se aparta del principio de “unidad de la empresa”.

    Sostiene que la Resolución no tiene en cuenta que la actividad principal de la empresa es...

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