Una metodología para las ciencias jurídicas enfocada hacia las ciencias penales y criminológicas

AutorRolando Pavó Acosta
Consideraciones preliminares

La presente exposición, sólo intenta presentar un cuadro sintético de las cuestiones elementales sobre Metodología de las Investigaciones Jurídicas, pretendiendo servir de soporte que los juristas y estudiantes de Derecho adquieran y amplíen los conocimientos y habilidades de carácter básico relacionados con la planificación y ejecución de las indagaciones científicas en su campo de acción, por razones didácticas la explicación, se ha enfocado hacia el área de las Ciencias Penales y Criminológicas.

Siendo así que los lectores no encontrarán en este material el examen completo y detallado de todos los temas y problemas relativos a las investigaciones jurídicas, pues sobre ello existen excelentes libros en el mundo

Pero es apreciable que aún resulta insuficiente el número de textos escritos sobre Metodología de las Investigaciones Jurídicas, lo cual sigue siendo una dificultad principal para el desarrollo de las investigaciones en este campo, si se toman en consideración las particularidades y necesidades actuales de tales indagaciones en las condiciones especificas de cada país.

I Las investigaciones juridicas:
l 1 Objeto de las investigaciones jurídicas

Se pudiera comenzar, incluso concluir este aspecto señalando que el objeto de las investigaciones jurídicas es el Derecho. Pero tal afirmación pudiera resultar estéril o tautológica si se parte de la ambigüedad del Derecho como concepto y de la diversidad de definiciones que a lo largo de la historia se han vertido sobre él. Eludiendo esa dificultad y evitando todos los inconvenientes que ha tenido la concepción normativista del Derecho, podemos aquí asumir que el objeto de las investigaciones jurídicas lo constituye el Sistema Jurídico en su conjunto.

Por Sistema Jurídico se debe entender un concepto integrador que abarca toda la vida jurídica de un país en un momento determinado, estando integrado por:

· El Sistema de Derecho: Principios Generales y Ramales, Ramas Legislativas, Disposiciones Normativas, Instituciones y Normas.

· Procesos e Instituciones de Creación del Derecho.

· Procesos e Instituciones de Realización del Derecho.

· Las Relaciones Jurídicas.

· La Conciencia Jurídica.

· La Cultura Jurídica.

1. 2 Dificultades

Muchas dificultades objetivas y de carácter subjetivo acechan al investigador y afectan el mejor desarrollo de las investigaciones científicas en el Derecho, con mayor o menor intensidad en unos y otros países:

  1. - La insuficiencia del debate científico sobre las cuestiones atinentes a los procedimientos y métodos de investigación aplicables al Derecho lo que acarrea la abundancia de problemas conceptuales y teóricos que aún no tienes una adecuada comprensión y solución.

  2. - La Elevada complejidad metodológica de las investigaciones en este campo, que implica la necesidad de un gran esfuerzo metodológico y del enfoque multidisciplinario o interdisciplinario.

  3. - La ausencia de estrategias coherentemente diseñadas y de tecnologías educativas que garanticen la formación de las habilidades investigativas necesarias en los juristas y estudiantes de Derecho.

  4. - El desarrollo asistémico de las investigaciones jurídicas.

  5. - Carencias materiales: insuficiencia infraestructura y de financiamiento para los insumos necesarios y otros gastos.

  6. - Insuficiente prioridad, apoyo y estimulación institucional a las investigaciones jurídicas.

  7. - Dificultades para la validación, generalización e introducción de los resultados.

1. 3 Importancia

Lo aquí expresado no debe ser asumido como una posición pesimista respecto a la necesidad y posibilidad de las investigaciones jurídicas, pues resulta de incuestionable la relevancia del desarrollo de las investigaciones jurídicas en las múltiples esferas de la vida social, en ese sentido puede afirmarse que el significado más importante de las investigaciones del sistema jurídico reside en que:

  1. - Contribuyen al perfeccionamiento legislativo y por tanto a la elevación de los niveles de calidad de las normas jurídicas.

  2. - Contribuye al desarrollo de la enseñanza del Derecho.

  3. - Permite argumentar de manera más completa las necesidades de cambio normativo.

  4. - Posibilita el avance doctrinal y el desarrollo de la ciencia jurídica.

  5. - Permiten proyectar el perfeccionamiento de la labor práctica del Derecho; en cuanto a la actividad legislativa y los procesos de aplicación de las normas jurídicas.

1. 4 Tipos de Investigaciones Jurídicas

Las investigaciones pueden clasificarse en: 1) Documentales o indirectas y 2) Directas o de campo.

Las primeras llamadas también archivistas o bibliográficas se basan en la consulta de documentos. Ellas exigen la utilización como fuente de información a hemerotecas, archivos, bibliotecas, oficinas registrales, etc. Debiendo procederse en tales casos a revisar libros, artículos, informes, actas, asientos registrales, programas de partidos políticos, proyectos de leyes, actas y otra multiplicidad de documentos.

Y en las directas, se acude al estudio de las opiniones y de la conducta de las personas. Son por ejemplo las investigaciones sobre el conocimiento, opiniones y percepción de las normas, conocidas como investigaciones “KOL” (Knowledge and opinion about law). A esta variante pertenecería, por ejemplo, una investigación que trate acerca de la percepción de la prostitución, la corrupción y otros fenómenos por parte de la población.

Pero las investigaciones jurídicas al igual que las investigaciones en otros campos de las ciencias también han sido clasificadas en dos grandes grupos:

  1. Investigaciones Teóricas, también denominadas, teóricamente orientadas, fundamentales, puras o básicas. En ellas lo que se pretende obtener son descubrimientos, nuevos conceptos o explicaciones de los fenómenos que permitan una mejor comprensión de la realidad, o sea que están encaminadas a la elaboración de los postulados abstractos de la ciencia, sin la preocupación por la aplicación inmediata de dichos resultados.

    Dentro de este campo puede enmarcarse, por ejemplo: una investigación que trate acerca de los, conceptos, las teorías y principios que explican teóricamente la determinación de la responsabilidad penal en los casos de hechos complejos, en los cuales intervienen varias acciones y sujetos para que el resultado dañoso final se produzca.

  2. Investigaciones Empíricas, empíricamente orientadas, o aplicadas.

    Se encaminan a obtener resultados concretos, que tributan a la solución inmediata de problemas socioeconómicos. Ejemplos de ella, son: las indagaciones sobre los niveles y características de la percepción que sobre la prostitución tienen determinados grupos de la población o también el diagnóstico sobre la labor de los diferentes operadores jurídicos (policías, fiscales, jueces, peritos y otros) frente a la violencia de género

    Pero se debe advertir sobre la relatividad de esta última clasificación, de lo cual se deriva, en primer, que ambos tipos de investigaciones no resultan excluyentes, sino que más bien tienen una vinculación complementaria, ocurriendo, por ejemplo que las investigaciones empíricas, requieren normalmente del desarrollo previo de investigaciones teóricas. En segundo lugar cabe observar como con frecuencia las investigaciones teóricamente orientadas aportan resultados aplicables, aunque no lo sean de manera inmediata.

    Pero de cualquier modo la división de las investigaciones en teóricas y empíricas resulta prudente establecerla, no sólo a los fines didácticos, sino también a los fines de definir mejor las hipótesis, métodos y otros aspectos claves de la investigación.

    En el campo de las ciencias jurídicas se ha empleado una clasificación propia que las divide en dogmáticas y sociojurídicas.

    Al primer grupo, que la literatura jurídica ha designado tradicionalmente como investigaciones dogmáticas del Derecho pertenecen aquellas que tienen a menudo como objetivo exclusivo hacer determinaciones acerca de las deficiencias técnicas jurídicas de las normas y sobre su validez.

    Y se ha denominado como investigaciones sociojurídicas, por algunos autores, a la investigación sociológica concreta en la actividad del Derecho, como un puente entre relaciones sociales y el sistema jurídico.1

    Estando referidas este último grupo de indagaciones a todo el extenso y diverso campo de las investigaciones jurídicas relativas al efecto social de las normas, su observancia, ejecución y aplicación, el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes jurídicos, del régimen de legalidad y el orden jurídico, la responsabilidad por la...

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