Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 29 de Diciembre de 2016, expediente CNT 045692/2012/CA001

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 45692/2012 - MC CLUSKEY MATIAS c/ PUBLICIDAD ESTATICA INTERNACIONAL S.A. s/DESPIDO Buenos Aires, 29 de diciembre de 2016.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.M.S.F. dijo:

I- La sentencia dictada a fs. 578/581 que rechazó la demanda en su totalidad, suscita las quejas que la vencida interpuso a fs. 584/596, recibiendo réplica de la contraria a fs.

602/605vta.

II- Cabe señalar inicialmente que la apelante se limita a desvirtuar la ponderación que el juez de grado anterior efectuó de los testigos aportados a la causa en cuanto tuvo por acreditado a través de dichas probanzas el carácter de empresario del demandante, sin fundarse en elemento de juicio que permita tener por acreditada sino todas, al menos alguna de las formas que tiene de manifestarse la subordinación laboral, es decir, sea a través de la dependencia técnica, jurídica o económica.

Por el contrario, el testigo Ingiulla, propuesto por la propia recurrente, afirma que “…el actor controlaba y era el que daba las órdenes dentro del campo de juego, controlaba todo…mi trabajo era programar los carteles, yo llegaba instalábamos los carteles y después los programábamos…a mí me abonaba el actor…” (fs. 483/484). A su vez, De B. declaró que “…conoce al actor a través de mi profesión como el actor es productor artístico y su familia esta dentro del ámbito desde hace muchos años, y el conocimiento viene de la parte musical y de allí la relación..” para luego aludir a aspectos de la actividad del reclamante a los que habría accedido porque éste lo hacía entrar de favor adentro del campo donde se jugaban los partidos de futbol en los que desplegaba la publicidad, deporte del que el deponente es aficionado, afirmando que “…entraba con él a ver los partidos dentro de la cancha, porque a mí me gustaba Fecha de firma: 29/12/2016 Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20083378#170251381#20161229132555738 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX mucho el futbol y era una buena posibilidad para estar en el campo de juego…” (fs. 431/433), aludiendo de tal forma a circunstancias que ponen gravemente en tela de juicio la objetividad de sus dichos (conf.

arts. 90 de la LO y 386 del CPCCN)...

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