Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 7 de Octubre de 2013, expediente 24791/2010

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2013
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación.

JMB.

J.. 25 - Sec. 49.

024791/2010.

MATRICERIA AUSTRAL S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO.

Buenos Aires, 7 de octubre de 2013.

Y VISTOS:

  1. ) Para resolver el recurso extraordinario interpuesto por la concursada a fs. 4085/4100 contra la resolución de fs. 4071/2, cuyo traslado fuera contestado por la sindicatura a fs. 4137/4138.

  2. ) En el pronunciamiento recurrido el Tribunal ha decidido cuestiones de derecho no federal sometidas al derecho común y al derecho procesal. Por ello, la interpretación de la Ley 23.898, en cuanto grava -tasa de justicia- las actuaciones ante la justicia ordinaria de la Capital Federal, remite al análisis de una norma de carácter local y, por ende, es ajena al recurso extraordinario que contempla el art. 14 de la ley 48 (CSJN Fallos, 321:1494). No es la finalidad de dicho remedio revisar en tercera instancia decisiones de los jueces de la causa concernientes a la aplicación e interpretación de normas de derecho común, de su conocimiento exclusivo. Cabe destacar que la mera invocación de haberse violado o infringido alguno de los derechos o garantías que consagra la Constitución Nacional, no constituye motivo que habilite su procedencia, como acontece -en el caso- con la invocación que el recurrente hace en el sentido de haberse afectado sus garantías constitucionales básicas como son el debido proceso, legalidad, el derecho a la defensa en juicio e igualdad ante la ley (CSJN, "C.M. c/D.'ArielliD.", 9-5-78;

    CNCom., esta Sala A, "Jenik Oscar c/ Curetti Enrique s/ ordinario", 6-10-

    89).-

    Por lo demás, sin perjuicio de que prima facie no advierte la Sala que en la decisión cuestionada se halle configurada causal alguna de arbitrariedad a tenor de las directrices elaboradas por...

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