Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, 28 de Junio de 2013, expediente 81.021.925/2011

Fecha de Resolución28 de Junio de 2013

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 81021925/2011

REGISTRO:2013-T°I-F°2642

la ciudad de Paraná, capital de la provincia de Entre Ríos, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil trece, reunidos en la Sala de Audiencias de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones, los señores miembros de la misma, a saber: Presidenta, Dra. C.G.G., Juez de Cámara, Dr. M.J.B. y Juez de Cámara Subrogante, Dr. D.E.A., a fin de tratar el expediente caratulado: “M.F.A.M. CONTRA

GEND. NAC. SOBRE ORDINARIO”, E.. N° FPA 81021925/2011,

proveniente del Juzgado Federal N°2 de Paraná, en virtud de los recursos de apelación deducidos contra la resolución de primera instancia, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la sentencia apelada?

SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, EL SR. JUEZ

DE CÁMARA SUBROGANTE, D.D.E.A., DIJO:

I- Que, llegan estos actuados en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora en subsidio a fs. 45

contra la regulación de honorarios y por la accionada a fs.

47, contra la sentencia de fs. 42/44 vta. y su aclaratoria de fs. 46 que hace lugar a la demanda entablada por la parte actora y ordena a la demandada Estado Nacional, Gendarmería Nacional, regularice los haberes del actor liquidando los suplementos del 2769/93 como remunerativos y bonificables desde los cincos años previos a la interposición del reclamo administrativo y descontar los suplementos que se hubieran pagado como suplementos particulares derivados de la aplicación del dec. 2769/93, con más los intereses conforme lo dispuesto en el considerando respectivo y sin perjuicio de lo normado por las leyes 23982, 25344 y concordantes al efecto. Impone las costas a la demandada, fija las pautas para la regulación de honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.

Los recursos se conceden a fs. 50 y 54. Se expresan agravios a fs. 58/65, se contestan a fs. 71/77 y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 78 vta.

II- Que, la representante del Estado Nacional sostiene que los suplementos previstos en el decreto 2769/93 son particulares, y los aumentos otorgados participan de ese carácter, ya que no es para la totalidad de la fuerza.

También se agravia, por el reconocimiento del carácter general e incorporación al haber mensual de los actores de los suplementos creados por el decreto 2769/93. Expone que tales suplementos requieren de la verificación de circunstancias fácticas del individuo y que el hecho de que todos los integrantes en actividad perciban alguno de los mismos, no permite concluir su inclusión en el haber mensual. Destaca el carácter no remunerativo de los incrementos otorgados mediante decretos 1246/05, 1126/06,

861/07, 871/07, 1104/05 y 1095/06. Cita novísima jurisprudencia la causa “Z.”. Señala que el fallo se aparta de lo decidido por el Máximo Tribunal in re “Bovari de D.” y “V.”, reclamando su aplicación. Se agravia por la aplicación de la tasa activa. Mantiene la reserva del caso federal.

III- Que, el actor, personal en actividad de Gendarmería Nacional, ocurre a la jurisdicción e interpone demanda contra el Estado Nacional - Ministerio de Defensa por diferencia de haberes, retroactivos más daños y perjuicios y peticiona el pago de todos los aumentos que le corresponden desde el año 1993, decreto 2769/93 como remunerativo y bonificable, más actualización e intereses,

costas y costos.

El a-quo hizo lugar a lo peticionado y contra dicha decisión se alza la apelante.

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 81021925/2011

IV-

  1. Que, procediéndose al tratamiento del recurso de la demandada, corresponde señalar que resulta aplicable en autos lo resuelto por la Excma. C.S.J.N. en los autos “B., C.I. y otros c/ EN-M. del Interior –GN-

    Dtos. 1246/05 y 1126/06 s/...

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