Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 30 de Septiembre de 2014, expediente CNT 001061/2013/CA001

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2014
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II Expediente Nro.:1061/2013 AUTOS: MARTINEZ, R.A. c/J.A.V.R. Y OTROS s/LEY 22.250 VISTO

Y CONSIDERANDO:

En la ciudad de Buenos Aires, el 30-9-2014, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia de la instancia anterior se alza la parte actora y las demandadas V.R.S.A. y C.S.A. a tenor de los respectivos memoriales obrantes a fs. 191/192, 194/195 y 186/187. También apelan sus honorarios los letrados de V.R. y de la parte actora, por considerarlos reducidos.

Razones de orden metodológico me llevan a dar liminar tratamiento a la queja que vierte la demandada V.R. S.A. quien se agravia en primer lugar por cuanto la Judicante de grado consideró demostrado que el actor se desempeñó desde agosto de 2008 hasta el año 2011 bajo un mismo contrato. Sostiene la quejosa que, según surge de la prueba rendida en la causa, en el período del 2008 el accionante se desempeñó

bajo las órdenes y supervisión de J.A.V.R. y, posteriormente, y por su propia decisión, pasó a trabajar para V.R.S.A. Niega que M. hubiera trabajado paralelamente para los dos y sostiene que no surge acreditado en autos que existiera relación entre ambas ni que se tratara de una misma relación laboral.

Adelanto que habré de desestimar el agravio en cuestión.

En efecto, tal como se extrae del informe de AFIP obrante a fs.

179/182, el accionante figuró inscripto como trabajador de J.A.V.R. durante el período agosto de 2008 hasta diciembre de 2010, pasando a desempeñarse para la sociedad V.R.S.A. a partir de enero de 2011 hasta su renuncia, acontecida en agosto de dicho año.

Asimismo, idéntica circunstancia revelan los recibos de sueldo que lucen a fs. 24/53 –que a fs. 135 se tuvieron por reconocidos ante la ausencia de los demandados a la audiencia fijada a tales efectos- de los que se desprende que en el mes de enero de 2011 la empleadora del actor pasó a ser V.R.S.A. y pese a que el actor continuó laborando para ésta (que, por lo demás, tenía el mismo domicilio que la persona física que hasta ese momento venía desempeñándose como empleador, J.A.V.R.) sin solución de continuidad, se le hizo figurar como nueva Fecha de firma: 30/09/2014 fecha de ingreso, el 19/1/2011.

Firmado por: A.E.G.V., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: G.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.M., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II Ello, sumado a los dichos de los testigos que comparecieron a declarar a propuesta de la parte actora (P.O. a fs. 161 y C. a fs. 163), que dieron cuenta de que el accionante laboró siempre para los demandados, al menos en dos obras ubicadas en Palermo y Puerto Madero, me llevan a confirmar lo resuelto en la anterior instancia en cuanto a que todo el desempeño del actor correspondió a un mismo...

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