Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 18 de Marzo de 2013, expediente 78755/2011

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2013
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:78755/2011

AUTOS: “M.H.L. C/ANSES S/INCIDENTE ”

J.F LA RIOJA

EXPEDIENTE n : 78755/2011

SENTENCIA INTERLOCUTORIA.n : 81222

Sala II - C.F.S.S

Ciudad Autónoma de Buenos Aires 18 de marzo de 2013

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la parte demandada contra la resolución en la que el Sr. Juez “a-quo” hizo lugar a la medida cautelar solicitada, por considerar acreditados los requisitos exigidos para su procedencia.

Y CONSIDERANDO:

Que el titular inició demanda ordinaria y medida cautelar innovativa en contra de ANSeS a fin de impugnar la Resolución GAJ n° 141 por la cuál se declara la suspensión del beneficio jubilatorio.

Ahora bien, se advierte que en el caso, no aparecen configurados los recaudos que condicionan el otorgamiento de la medida peticionada.

En efecto, cuando la medida cautelar se intenta frente a la Administración Pública, debe acreditarse “prima facie”, la manifiesta arbitrariedad del acto recurrido, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible. Y ello es así porque sus actos gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria, razón por la cual, en principio, ni los recursos administrativos ni las acciones judiciales mediante las cuales se discuten su validez suspenden su ejecución (cf. art. 12, ley 19.549; esta S. in re “Unión Industrial Argentina c/Instituto Nacional de Previsión Social”, sent. del 8/5/90; Cnac.Cont.Adm.Fed., Sala V “Performar S.A. c/D.G.I.”, sentl del 25/9/97, “Asociación Ecologista Nueva tierra C/E.N.”,

sent. del 29/9/97, “Defensor del Pueblo de la Nación C/E.N. -P.E.N.- Dto. 210/99", sent. del 8/9/99, entre otros).

En la especie, no se verifica a priori un obrar arbitrario por parte de la demandada ni se aportaron elementos de prueba respecto de las condiciones en que se acordó la jubilación ordinaria que permitan inferir aquel extremo, o que demuestren algún grado de inexactitud en el resultado de la verificación realizada por los funcionarios de la ANSeS respecto del análisis del expediente donde se constataron diferentes irregularidades en lo que tiene que ver con el acceso al...

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