Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 4 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita259/15
Número de SAIJ15090116
Número de CUIJ21 - 509055 - 2

M., J.C. c/ ACINDAR S.A. -DEMANDA LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 259/15 Nº Saij: 15090116 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 262 Pág. de inicio: 313 Pág. de fin: 322 Fecha del fallo: 04/05/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.J.D.M.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO T. > LEY > INCONSTITUCIONALIDAD T. > ENFERMEDAD ACCIDENTE > RELACION DE CAUSALIDAD > PRUEBA CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO. INCONSTITUCIONALIDAD.

ENFERMEDAD ACCIDENTE. RELACION DE CAUSALIDAD. PRUEBA No obstante las alegaciones de arbitrariedad y lesión a garantías constitucionales, el recurso no pasa de ser una mera manifestación de disconformidad para con la sentencia de la Sala, que por mayoría rechazó los argumentos de la demandada relativos a la defensa de prescripción, a la declarada inconstitucionalidad del artículo 39 de la Ley de Riesgos de Trabajo, a la valoración de la prueba y atribución de causalidad, acogiendo la pretensión del actor por considerar -a la luz de las constancias obrantes en la causa, la prueba rendida, la normativa aplicable, la jurisprudencia y la doctrina especializada- acertada la valoración del nexo causal entre las condiciones inadecuadas del ambiente laboral, la insuficiencia de elementos de seguridad y el daño producido, situación prorrogada a lo largo de 17 años de relación laboral, obrando como elemento desencadenante, provocador o acelerador de la patologías sufridas por el dependiente. (Del voto de la mayoría.

En disidencia parcial: D.. G. y S.. En disidencia: Dr. Falistocco) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 24557, artículo 39.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO > JURISPRUDENCIA > APLICACION Tesauro > PRINCIPIO DE DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO. JURISPRUDENCIA.

APLICACION. PRINCIPIO DE DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA El invocado apartamiento de la jurisprudencia que cita la accionada no aparece en realidad configurado, desde que el caso fue resuelto en el marco de principios y mandatos constitucionales que resultan de insoslayable aplicación y no pueden ser dejados de lado sin más al momento de resolver una causa como la de autos, en donde lo que el dependiente reclama, es -en definitiva- la tutela de su dignidad como persona y como trabajador, protección ésta que se verifica por medio de la reparación integral de los daños e incapacidades que sufre (Del voto de la mayoría. En disidencia: Dr. Falistocco. En disidencia parcial: D.. G. y S.) - CITAS: CSJN: A., Fallos 327:3753; V., Fallos 327: 3677; T., Fallos 332:709; CSJStaFe: B., AyS T 262, p 273/298.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > ADMISIBILIDAD PARCIAL Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > ENFERMEDAD ACCIDENTE > RELACION DE CAUSALIDAD > PRUEBA T. > DERECHO LABORAL > EMPLEADOR > DEBER DE SEGURIDAD T. > DERECHO LABORAL > CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. ADMISIBILIDAD PARCIAL. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. ENFERMEDAD ACCIDENTE. RELACION DE CAUSALIDAD.

PRUEBA Luego de la ponderación conjunta de las probanzas (testimoniales, periciales médicas y técnica) y de las circunstancias acreditadas en la causa a fin de arribar a la condena de responsabilidad (el tipo de tareas realizadas por el accionante; las condiciones antirreglamentarias en que se efectuaron y su incidencia en la salud; el tiempo prolongado de prestación de las mismas, y las consecuencias incapacitantes para el trabajador), las críticas vertidas en torno a que el trabajador igualmente hubiera sufrido las afecciones aunque no hubiera trabajado para la accionada, y a que se amplió excesivamente el campo de la responsabilidad civil, no cuentan con asidero ni en las constancias del caso ni en los hechos tal cual las partes los relatan, quedando incólumes las conclusiones del decisorio respecto a que se demostró que las enfermedades cuya reparación se reclamó no son inculpables; que se verificó la configuración del nexo causal entre las actividades laborales de carácter riesgoso y las dolencias sufridas, y que existió una conducta antijurídica de la patronal al acreditarse los incumplimientos de sus deberes de prevención de los riesgos del trabajo y de los deberes de seguridad e higiene (De la disidencia parcial de los Dres. G. y S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > ADMISIBILIDAD PARCIAL Tesauro > INTERESES > TASA CONSTITUCIONAL - PROCESAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. ADMISIBILIDAD PARCIAL. INTERESES. TASA En cuanto a los reproches atinentes a la elevación por el Tribunal a quo de la tasa de interés, es principio que tal temática no resulta ser objeto de la vía extraordinaria por tratarse de una cuestión privativa de los jueces de la causa, y frente a ello el razonamiento que pretende hacer valer la compareciente alegando que el fallo omitió abordar sus objeciones relativas a que la única desvalorización computable debería ser la que va desde la fecha de la sentencia en adelante, y no desde la desvinculación, no deviene suficiente a fin de excepcionar aquella regla conforme no acredita el exceso que invoca (De la disidencia parcial de los Dres. G. y S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > ADMISIBILIDAD PARCIAL Tesauro > ENFERMEDAD ACCIDENTE > INDEMNIZACION Tesauro > COMPENSACION CONSTITUCIONAL - PROCESAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. ADMISIBILIDAD PARCIAL. ENFERMEDAD ACCIDENTE. INDEMNIZACION. COMPENSACION Las alegaciones que invoca la recurrente ante el rechazo de la defensa de compensación que oportunamente había deducido, cuentan prima facie con suficiente asidero en las constancias de la causa, e importa articular con seriedad un planteo idóneo a fin de operar, aunque parcialmente, la apertura de esta instancia de excepción, dentro de una apreciación mínima y provisoria, propia de este estadio, y sin que ello implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación (De la disidencia parcial de los Dres.

Texto del fallo Reg.: A y S t 262 p 313/322.

Santa Fe, 4 de mayo del año 2015.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la...

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