Por Marcelo Joaquin Abdelmalek

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición27 de Marzo de 2014

POR

MARCELO JOAQUIN ABDELMALEK

Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Primera Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber que en autos: “TROIELLI, JUAN PABLO s/ Concurso Preventivo - Hoy Quiebra, Expte. Nº 1844/98”, D.N.I. Nº 20.173.759, C.U.I.T. del fallido Nº 20-20173759-2, se ha dispuesto que el Martillero Marcelo Joaquín Abdelmalek, D.N.I. N° 6.051.717, Matrícula 342-A-20, proceda a vender en pública subasta el día 10 de Abril de 2014 a las 16:00 hs. en la Asociación de Martilleros de Rosario, calle Entre Ríos 238. En caso que dicho día designado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar se deberá solicitar nuevo día y hora de celebración de la misma. El bien Automotor detallado en el Mandamiento de Toma de Posesión y Acta de fecha 01/12/2013 y es el siguiente: vehículo marca Chevrolet, tipo sedan 5 puertas, modelo Corsa 1.7 diesel, motor marca Chevrolet N° 441998, chasis marca Opel Nº WOLOSBF68W4352188, origen importado, país de fabricación y procedencia España, modelo 1998, Dominio CFH 410. Informa Registro Nacional de la Propiedad Automotor Seccional Rosario N° 6.:-se encuentra inscripto a nombre del fallido. No posee prenda ni registra medidas precautorias ni gravámenes. No registra Inhibición alguna. Saldrá a la venta con una base de $ 15.000.- (Pesos quince mil) de no haber postores por dicha base saldrá a la venta seguidamente con la retasa del 25% en la suma $ 11.250. (Pesos once mil doscientos cincuenta) y de persistir tal circunstancia se ofrecerá seguidamente con una segunda retasa del 25% del último monto en la suma de $ 8.438.- (Pesos ocho mil cuatrocientos treinta y ocho). En el acto de remate el comprador deberá abonar el total del importe de la compra, con más la comisión de ley para el Martillero actuante (10%), en efectivo y/o cheque certificado y/o cancelatorio. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000.-, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 BCRA), optando por los medios de pago mencionados o en su efecto...

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