Gagliardo Adelquis Marcelino C/ la Nación y/O Gob. Nac. S/Ret.Mil. Y Fuerzas de Seg. Causa: 6.150/94

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal


Actor: Gagliardo Adelquis Marcelino
Demandado: La Nación y/o Gob. Nac.

Enlazado como:



Resumen


HONORARIOS. COMPUTO. I.V.A. Principio general. Supuesto de deuda consolidada. Profesional acreedor que reviste el carácter de responsable inscripto.

Por los fundamentos expuestos -por la mayoría y minoría- en la causa "Scotti Norberto C. y Otros c/ E.N. s/ empleo público", del 29/6/93 -entre otras-, el importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, salvo que se tratase de deuda consolidada (art. 3 ley 24.475), cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo (conf. "Beccar Varela E., Lobos, Rafael M. c/ Colegio Públ. de Abog.",del 16/7/96).

Damarco, Herrera

Gagliardo Adelquis Marcelino c/ La Nación y/o Gob. Nac. s/Ret.Mil. y Fuerzas de Seg. Causa: 6.150/94 3/09/96

C.NAC.CONT.ADM.FED., SALA II

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HONORARIOS. MONTO DEL JUICIO. Retiro Militar. Items que lo componen.

Para saber el monto, hay que tomar como tal el rubro capital que surge de la liquidación aprobada, no impugnado ante el Tribunal más los intereses devengados hasta la iniciación de la demanda (C.S.J.N. Fallos: 304:659), con prescindencia de los posteriores (C.S.J.N. Fallos: 280:416; 295:72; 301:3384; 302:782; 311:1653, entre otros).

Damarco, Herrera

Gagliardo Adelquis Marcelino c/ La Nación y/o Gob. Nac. s/Ret.Mil. y Fuerzas de Seg. Causa: 6.150/94 3/09/96

C.NAC.CONT.ADM.FED., SALA II

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Gagliardo Adelquis Marcelino C/ la Nación y/O Gob. Nac. S/Ret.Mil. Y Fuerzas de Seg. Causa: 6.150/94

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