Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 22 de Diciembre de 2009, expediente 17.339/2004

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009

17.339/2004

TS07D42374

PODER JUDICIAL DE LA NACION

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 42374

CAUSA Nº 17.339/2004 / - SALA VII - JUZGADO Nº 51

En la ciudad de Buenos Aires, a los 22 días del mes de diciembre de 2009, para dictar sentencia en los autos :

M.J.A. C/ TRINTER REPUESTOS S.A. Y OTRO

S/ DESPIDO

, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs. 6/25vta. se presenta la actora e inicia demanda contra “TRINTER REPUESTOS S.A.” y contra “TRINTER S.A.C.I.F.”, en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedora con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    Aduce que al cursar como alumna en la Universidad Tecnológica (Facultad Regional General P.) la carrera de Licenciatura en Organización Industrial y dentro del marco del convenio de Pasantías con la empresa “Trinter SACIF”, se acordó un programa individual de pasantía por el cual prestó servicios en dicha firma en las condiciones que detalla, desde octubre de 1996.-

    Luego de vencido el plazo del contrato se suscribió otro que, a la vez, tuvo sucesivas prórrogas hasta que se decidió su despido por razones de servicio.-

    Señala que más tarde la accionada le ofreció

    reincorporarse a la firma reconociéndole parte de su antigüedad, lo que aceptó.-

    Relata que transcurridos unos años del vínculo –en enero de 2004- recibe el telegrama mediante el cual se decide su despido por reestructuración empresaria.-

    Reproduce el intercambio telegráfico posterior y aclara que también reclama contra la restante demandada por la relación existente entre ambas empresas, por lo que entiende que deben responder en forma solidaria, con fundamento en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    Reclama las indemnizaciones correspondientes por despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    A fs. 33/35 amplía demanda y plantea la inconstitucionalidad de los topes indemnizatorios.-

    TRINTER REPUESTOS S.A.

    responde a fs.

    45/54vta.-

    Realiza una minuciosa negativa de los hechos expuestos en la demanda y opone excepción de falta de legitimación pasiva.-

    TRINTER SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL,

    INDUSTRIAL Y FINANCIERA

    , lo hace a fs. 81/92.-

    Desconoce los extremos invocados por la parte actora, relata su versión de los hechos y, tras impugnar liquidación, solicita el rechazo de la demanda.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 463/469vta.-

    17.339/2004

    En ella el “a-quo”, luego de analizar todos los elementos de juicio obrantes en la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones de la parte actora. Esto es, hace lugar a las indemnizaciones reclamadas y condena a ambas demandadas.-

    Los recursos que analizaré llegan interpuestos por ambas demandadas (fs. 477/482vta. y fs.

    499/504). También hay apelación de la Sra. perito contadora,

    quien considera reducidos sus honorarios (fs. 471/472vta.).-

    II.- Por una cuestión de mejor orden,

    trataré en primer lugar los agravios articulados por la demandada “TRINTER S.A.C.I.F.”.-

    No está discutido en autos que la actora fue despedida por esta demandada mediante invocación de “razones de reestructuración empresaria” como causal.-

    Ahora bien, en primer término cabe señalar que dicha comunicación contraviene lo dispuesto por el art.

    243 de la L.C.T. en cuanto a la necesidad de expresar en forma suficientemente clara los motivos de la ruptura del...

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