Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 14 de Diciembre de 2015, expediente FCB 066000033/2011/CA001

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2015
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación AUTOS: “MAFFINI, L.A.E. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

doba, 14 de Diciembre del año dos mil quince.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “MAFFINI, L.A. EMILIO C/ ANSES –

REAJUSTES VARIOS” (Expte. N° 66000033/2011/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte demandada en contra de la Sentencia nº

27 de fecha 08 de febrero de 2013, dictada por el Juez Federal de San Francisco, en la que decidió admitir la acción incoada, declarando el derecho de la actora a que la accionada solo reajuste su haber previsional e intereses desde los dos años anteriores al reclamo. Las costas son impuestas en el orden causado.

Y CONSIDERANDO:

  1. En contra de lo resuelto por el Juez de primera instancia, la parte demandada deduce recurso de apelación (fs. 56), cuyos fundamentos obran a fs. 72/74. Se agravia que el Sentenciante se haya apartado de la ley aplicable y de los antecedentes de hecho, prueba y actuaciones administrativas tenidas en cuenta para la determinación el haber, indicando al respecto que estamos frente a un caso en el cual el beneficiario prestó servicios como autónomo y dependiente. Rechaza que se ordene actualizar el haber previsional aplicando las variaciones anuales del Índice de Salarios Nivel General elaborado por el INDEC.

    Corrido el traslado de ley, la parte actora contesta agravios (fs. 75 y vta.), quedando la causa en condiciones de ser resuelta.

  2. Previo a todo, y a los fines de una mejor comprensión de la causa, en lo que aquí

    importa, corresponde efectuar una breve reseña de lo acontecido en estos obrados.

    De su análisis se desprende que el actor obtuvo jubilación ordinaria bajo el régimen de la ley 24.241, para lo cual el cómputo del haber jubilatorio se realizó sobre la base de calcular los aportes ingresados al sistema.

    Por otra parte, la presente causa fue iniciada con el objeto de impugnar la denegatoria del pedido de reajuste del haber previsional según la Resolución RCE-F 00944 de fecha 19 de julio de 2011 (fs. 4/6 de autos).

    Es así, que con fecha 07 de noviembre de 2011, se inicia la presente acción con el objeto de lograr la determinación de las diferencias de haberes adeudadas hasta su efectivo pago, en base a la aplicación de la diversa doctrina sentada por la C.S.J.N (fs. 7/11).

    Corrido el traslado de ley la demandada contesta demanda e interpone excepción de prescripción y defecto legal, solicitando subsidiariamente, el rechazo de la acción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR