Sentencia de SALA I, 16 de Julio de 2015, expediente CCF 007188/2012/CA001

Fecha de Resolución16 de Julio de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I Causa 7188/12/CA1 –I– “MACRI LEÓN CLARA c/ OSPOCE Y OTRO s/ AMPARO DE SALUD”

Juzgado n° 2 Secretaría n° 3 Buenos Aires, 16 de julio de 2015.

Y VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos por las demandadas Obra Social del Personal del Organismo de Control Externo OSPOCE y Swiss Medical SA a fs. 136/138 y fs. 142/147 ––que fueron fundados en esas mismas ocasiones y no tuvieron respuesta de la parte actora––, contra la resolución de fs.

129/133; y CONSIDERANDO:

  1. - La resolución apelada hizo lugar a la demanda interpuesta y, en consecuencia, ordenó a Swiss Medical SA y a la Obra Social del Personal del Organismo de Control Externo a brindarle a la menor accionante la cobertura integral del 100% del tratamiento prescripto con hormona de crecimiento genotropin, como así también toda aquélla que le sea necesaria en el futuro respecto del derecho reconocido en la presente. Las costas fueron impuestas a cargo de las demandadas.

  2. - La demandada OSPOCE se agravió porque, sostiene, el Juez de la causa resolvió ultra petita porque dispuso que las demandadas quedaron obligadas a cubrir además todo tratamiento que solicite la afiliada, otorgando hacia el futuro mayores coberturas a las inicialmente solicitadas en la demanda. También criticó la imposición de costas, dado que nunca dio motivo para que la actora interponga la acción judicial y que no negó la prestación requerida.

  3. - Por su parte, la codemandada Swiss Medical SA criticó

    la resolución apelada porque, afirma, la resolución es incongruente porque ordenó

    a las demandadas que cubran también toda aquélla prestación que le sea necesaria en el futuro, decidiendo extra petita dado que en la demanda no surge que la paciente requiera otra medicación. También se agravió de la imposición de costas.

  4. - De la manera en la cual han sido planteados los agravios, el Tribunal advierte que las cuestiones a dilucidar en autos consisten en determinar si el señor Juez de primera instancia resolvió o no ultra petita, es Fecha de firma: 16/07/2015 Firmado por: NAJURIETA- GUARINONI decir, decidiendo cuestiones y derechos que inicialmente no fueron planteados en la demanda; y si resulta acertada la imposición de costas a cargo de las demandadas.

  5. - En primer término, cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en Fallos: 327:1532 (del dictamen de la Procuración general, al que remitió la Corte Suprema) ha interpretado que “el...

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