Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 18 de Diciembre de 2009, expediente 29.784/07

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2009

Poder Judicial de la Nación SENT.DEF.Nº: 17121 EXPTE. Nº: 29.784/ 07 (24.595)

JUZGADO Nº: 10 SALA X

AUTOS: “K.M.W. C/ FST S.A. S/ DESPIDO”

Buenos Aires,18/12/2009

El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

I- Llegan los autos a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios vertidos por el actor y la demandada contra la sentencia dictada a fs. 255/263

a mérito de los memoriales obrantes a fs. 264/269 y fs. 274/277, mereciendo la primera réplica de la contraria a fs. 288/290 y fs. 293/298.

A fs. 271 los letrados de la parte actora apelan los honorarios que fueron regulados en la instancia anterior por estimarlos exiguos.

II- Para una mejor exposición en primer término corresponde analizar los agravios interpuestos por la demandada.

Se agravia la demandada porque en la sentencia de grado se hizo lugar a las diferencias salariales reclamadas por el aducido registro irregular de la categoría profesional y el afirmado pago insuficiente del salario básico convencional, como también sobre los premios por presentismos, eficiencia y productividad. Dice que hay prueba que demuestra que la empleadora liquidó los salarios del actor conforme a derecho y que tal error de categorización jamás existió.

Anticipo que no resultan suficientes las argumentaciones expuestas por la demandada para lograr revertir la decisión de la juez de grado.

En efecto, entiendo que con la testimonial producida en autos,

analizada por la Sra. Juez que me precede, el actor logró acreditar la categoría laboral conforme las tareas efectivamente realizadas.

La testigo C. (ver fs. 96) declaró que tanto ella como el actor estaban en la parte de ventas, ofreciendo el servicio prepago a los clientes que tenían el servicio de teléfonos celulares. Dijo que se llamaba para venderles el servicio a contrato con mejores tarifas, como también vendiendo y ofreciendo gratis teléfonos de diferentes marcas o la venta a un precio más económico. Hizo referencia sobre el pago de una suma en concepto de premio por eficacia y productividad. Manifestó que “el actor realizaba seis ventas diarias aproximadamente” y aclaró que lo sabe porque “había una pizarra en donde se ponían las ventas diarias de todos los operadores...a través de la PC se podía verlo que vendía cada uno de los operadores”.

En igual sentido se expresó la testigo A. a fs. 101. Al respecto dijo que realizaba las mismas tareas que el actor en la parte de migraciones de la campaña Vodafone. Que “vendían líneas a prepagos permanentes con un contrato y también ventas de teléfonos celulares con las líneas, a clientes de España”. Dijo que el pago dependía de la productividad de cada uno (de acuerdo a las ventas migraciones que se hicieran en el mes ) además del pago de un premio por eficacia. Sostuvo que el actor “aproximadamente hacía seis o siete ventas diarias”. Se explayó sobre los dos métodos de contar las ventas (uno por pizarra y otro por PC) por lo que de esa manera expresó que era público la productividad de los compañeros.

Por su parte a fs. 102 el testigo A. declaró que con el actor trabajaron para Vodafone en una campaña llamada Migraciones, realizando ventas en el mercado español de planes de precios y teléfonos celulares. Manifestó que había una pizarra donde se marcaba día a día las ventas y mensualmente esto era en la PC

en “un archivo en donde decía las ventas de cada uno”. Explicó que las remuneraciones eran abonadas por hora aunque eran mal pagas. También sostuvo que tenían un premio por productividad (por las ventas) y un premio de...

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