Ley Nº 8.553

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2013

LEY Nº 8.553

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Ratifícase el Decreto N° 1568 de fecha 12 de setiembre de 2012, mediante el cual se homologa el Acta Acuerdo de fecha 29 de junio de 2.012, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, suscripta por representantes de ATSA, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Desarrollo y Derechos Humanos y por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante la cual se arriba a un acuerdo en relación al incremento salarial para la totalidad de los trabajadores comprendidos en los respectivos regímenes salariales, que en fotocopia certificada y como Anexo forma parte de la presente ley.

Artículo 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil trece.

Gerardo del Río

Vicepresidente

a/c. de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Sebastián Pedro Brizuela

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Jorge Tanus

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

_____

ANEXO

DECRETO Nº 1.568

Mendoza, 12 de setiembre de 2012

Visto el Expediente N° 8114-S-12-00951; y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se solicita la Homologación del Acta Acuerdo celebrada con fecha 29 de junio de año 2012, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, suscripta por ATSA, por el Ministerio de Salud, por el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos y por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante la cual se arriba a un acuerdo en relación al incremento salarial para la totalidad de los trabajadores comprendidos en los respectivos regímenes salariales.

Que lo acordado no viola disposiciones de orden público ni garantías constitucionales.

Por ello, de acuerdo a lo establecido por el Art. 6° del Decreto N° 955/04 y lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno a fs. 06;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Homológuese el Acta Acuerdo celebrada con fecha 29 de junio de año 2012, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, suscripta por ATSA, por el Ministerio de Salud, por el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos y por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante la cual se arriba a un acuerdo en...

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