Ley N 4074/11

FirmantesMoscariello - P
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2011

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N 4074/11CREA EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS Y-O COMERCIOS NOTABLES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE CULTURA -CONCEPTO - ANTIGUEDAD - EXCEPCIONES - COMISIÓN EVALUADORA - REPRESENTANTES - FUNCIONES Y OBLIGACIONES - OPINIÓN NO VINCULANTE - REUNIÓN CONSTITUTIVA - JUNTAS COMUNALES - PROPUESTAS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - REGISTRO

Buenos Aires, 01 de diciembre de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Créase en el ámbito del Ministerio de Cultura de la Ciudad o el organismo que en el futuro lo reemplace, el "Registro de Establecimientos y/o Comercios Notables de la Ciudad de Buenos Aires".
Art. 2° A los efectos de la presente Ley, se considerará como "Establecimiento y/o Comercio notable":
  1. Aquel establecimiento y/o comercio relacionado con hechos culturales y/o históricos de significación, así como a aquel cuya antigüedad, diseño arquitectónico o relevancia local y/o social, acervo específico, tradición y/o elaboración artesanal de sus productos le otorguen un valor propio.

  2. No se considerarán notables a aquellos establecimientos...

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