Ley 8286 / 2010. Ley del 30 de Abril de 2010. Aviso Nro: 14680

Fecha de publicación11 Mayo 2010
Fecha de disposición11 Mayo 2010
Número de Gaceta27282

Ley N° 8.286 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Adóptanse, como Anexo I de la presente Ley, los Principios Rectores de Política Hídrica de la República Argentina contenidos en el Acuerdo Federal del Agua, suscripto el diecisiete de septiembre de 2003 por los representantes de la Nación Argentina, las Provincias, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Art 2°.- Los Principios Rectores de Política Hídrica de la República Argentina deberán orientar la elaboración y ejecución de la Política Hídrica Provincial, así como la interpretación de las normas jurídicas que regulan el uso y conservación de los recursos hídricos del territorio provincial. Art 3°.- El Acta Constitutiva y la Carta Orgánica del Consejo Hídrico Federal, suscriptas el 27 de Marzo de 2003, entre representantes de la Nación Argentina, las Provincias, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y ratificadas por Decreto Provincial N° 915/3 (SESAP) del 9 de Mayo de 2003, integran, como Anexo II, el texto de la presente Ley. Art. 4°.- Comuníquese. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los trece días del mes de abril del año dos mil diez. Armando Roque Cortalezzi, Vicepresidente a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán. Juan Antonio Ruiz Olivares, Secretario H. Legislatura de Tucumán. REGISTRADA BAJO EL N° 8.286.- San Miguel de Tucumán, Abril 30 de 2010.- Promúlguese como Ley de la Provincia, conforme a lo establecido por el Artículo 71 de la Constitución Provincial, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos.- ANEXO I Tabla de Principios Rectores EL AGUA Y SU CICLO 1. El agua es un recurso renovable, escaso y vulnerable 2. El agua tiene un único origen EL AGUA Y EL AMBIENTE 3. Incorporación de la dimensión ambiental 4. Articulación de la gestión hídrica con la gestión ambiental 5. Articulación de la gestión hídrica con la gestión territorial 6. Calidad de las aguas 7. Acciones contra la contaminación 8. Agua potable y saneamiento como derecho humano básico 9. Control de externalidades hídricas 10. Impactos por exceso o escasez de agua 11. Conservación y reuso del agua EL AGUA Y LA SOCIEDAD 12. Etica y gobernabilidad del agua 13. Uso equitativo del agua 14. Responsabilidades indelegables del Estado 15. El agua como factor de riesgo EL AGUA Y LA GESTION 16. Gestión descentralizada y participativa 17. Gestión integrada del recurso hídrico 18. Usos múltiples del agua y prioridades 19. Unidad de planificación y gestión 20. Planificación hídrica 21. Acciones estructurales y medidas no estructurales 22. Aguas interjurisdiccionales 23. Prevención de conflictos EL AGUA Y LAS INSTITUCIONES 24. Autoridad única del agua 25. Organizaciones de cuenca 26. Organizaciones de usuarios 27. El Estado Nacional y la gestión integrada de los recursos hídricos 28. Gestión de recursos hídricos compartidos con otros países 29. Foros internacionales del agua 30. Consejo Hídrico Federal EL AGUA Y LA LEY 31. El agua como bien de dominio público 32. Asignación de derechos de uso del agua 33. Reserva y veda de agua por parte del Estado 34. Derecho a la información EL AGUA Y LA ECONOMIA 35. El agua como motor del desarrollo sustentable 36. El valor económico del agua 37. Pago por el uso de agua 38. Pago por vertido de efluentes, penalidad por contaminar y remediación 39. Subsidios del Estado 40. Cobro y reinversión en el sector hídrico 41. Financiamiento de infraestructura hídrica 42. Financiamientos no estructurales LA GESTION y SUS HERRAMIENTAS 43. Desarrollo de la cultura del agua 44. Actualización legal y administrativa 45. Monitoreo sistemático 46. Sistema integrado de información hídrica 47. Optimización de sistemas hídricos 48. Formación de capacidades 49. Red de extensión y comunicación hídrica EL AGUA Y SU CICLO 1. El agua es un recurso renovable, escaso y vulnerable El agua es un elemento insustituible para el sostenimiento de la vida humana y el resto de los seres vivos, siendo al mismo tiempo un insumo imprescindible en innumerables procesos productivos. A pesar de ser renovable, la escasez del agua se manifiesta gradualmente a medida que aumentan las demandas y los conflictos por su uso. Su carácter de vulnerable se manifiesta en la creciente degradación de su calidad, lo cual amenaza la propia existencia de la vida. 2. El agua tiene un único origen Toda el agua que utilizamos, ya sea que provenga de una fuente atmosférica, superficial o subterránea, debe ser tratada como parte de un único recurso, reconociéndose así la unicidad del ciclo hidrológico y su importante variabilidad espacial y temporal. La conectividad hidrológica que generalmente existe entre las distintas fuentes de agua hace que las extracciones y/o contaminaciones en una de ellas repercutan en la disponibilidad de las otras. De ello se desprende la necesidad de que el Estado ejerza controles sobre la totalidad de las fuentes de agua, dictando y haciendo cumplir la normativa para el aprovechamiento y protección de las diversas fuentes de agua como una sola fuente de suministro. EL AGUA Y EL AMBIENTE 3. Incorporación de la dimensión ambiental La preservación de un recurso natural esencial como el agua es un deber irrenunciable de los Estados y de la sociedad en pleno. Por ser así, la gestión hídrica debe considerar al ambiente en todas sus actividades, desde la concepción misma de los proyectos y programas hasta su materialización y continua evolución. La incorporación de la dimensión ambiental en la gestión de los recursos hídricos se logra mediante el establecimiento de pautas de calidad ambiental, el desarrollo de evaluaciones ambientales estratégicas para planes y programas (etapa de preinversión), y la realización de evaluaciones de riesgo e impacto y de auditorías ambientales para proyectos específicos. Así, mediante el análisis de la vulnerabilidad ambiental, se busca reducir los factores de riesgo y lograr el equilibrio entre el uso y la protección del recurso. 4. Articulación de la gestión hídrica con la gestión ambiental La interrelación que existe entre la gestión de los recursos hídricos y la problemática ambiental no admite compartimientos estancos entre las administraciones de ambos sectores. De ello se desprende la necesidad de otorgarle al manejo de los recursos hídricos un enfoque integrador y global, coherente con la política de protección ambiental, promoviendo la gestión conjunta de la cantidad y calidad del agua. Ello se logra mediante la actualización y armonización de las normativas y una sólida coordinación intersectorial tendiente a articular la gestión hídrica con la gestión ambiental, actuando en el marco constitucional vigente. 5. Articulación de la gestión hídrica con la gestión territorial Las múltiples actividades que se desarrollan en un territorio (agricultura, ganadería, explotación forestal, minería, urbanización, industria) afectan de una u otra forma sus recursos hídricos. De ello se desprende la necesidad de imponer prácticas sustentables en todas las actividades que se desarrollen en las cuencas hídricas. Al mismo tiempo exige que el sector hídrico participe en la gestión territorial de las mismas, interviniendo en las decisiones sobre el uso del territorio e imponiendo medidas mitigatorias y restricciones al uso del suelo cuando pudiera conducir a impactos inaceptables en los recursos hídricos, especialmente aquellos relacionados con la calidad de las aguas, la función hidráulica de los cauces y los ecosistemas acuáticos. 6. Calidad de las aguas Mantener y restaurar la calidad de las aguas constituye la meta de la gestión hídrica más valorada por la sociedad, lo cual demanda una efectiva complementación de las acciones desarrolladas por las autoridades hídricas provinciales y nacional. Con tal fin, la autoridad hídrica nacional establecerá a modo de presupuestos mínimos "niveles guía de calidad de agua ambiente" que sirvan como criterios referenciales para definir su aptitud en relación con los usos que le sean asignados. Sobre la base de tales criterios, las autoridades hídricas provinciales tendrán el cometido de establecer objetivos y estándares de calidad para sus cuerpos de agua y el de diseñar e implementar las acciones de evaluación y control tendientes a proteger o restaurar la calidad de sus cuerpos de aguas de acuerdo a los usos que les asignen a los mismos. 7. Acciones contra la contaminación La contaminación de los recursos hídricos que, en nuestro país, exhibe manifestaciones de diverso tipo y grado, exige asumir una estrategia integral conformada por acciones consistentes y sostenidas en el tiempo que permitan verificar la conservación de la calidad del agua ambiente o el cumplimiento de metas progresivas de restauración de dicha calidad. Tal estrategia involucra la definición de programas de monitoreo y control de emisión de contaminantes diferenciados para cada cuenca, con premisas de diseño e implementación fijadas en función de las características contaminantes prioritarias de los vertidos provenientes de fuentes fijas y dispersas, de las características de los cuerpos receptores y del destino asignado a estos últimos 8. Agua potable y saneamiento como derecho humano básico El consumo de agua no potable y la falta de servicios de saneamiento adecuados constituyen causas principales de enfermedades que impactan negativamente en el desarrollo de las comunidades, la salud de la población y la integridad de los ecosistemas. La atención a estos problemas exige la integración de las cuestiones relativas al agua potable y al saneamiento en las políticas de gestión...

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