Ley Nº 4611/13
Firmantes | Ritondo - Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 27 de Junio de 2013 |
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Bartolomé Mitre hasta su intersección con el eje de la calle 3 de febrero, por éste hasta su intersección con la prolongación virtual de las líneas de fondo de las parcelas frentistas a la calles Zavalía y 11 de Septiembre correspondientes a las Manzanas 39, 38 y 37, Sección 25, Circunscripción 16, y su prolongación virtual hasta su intersección con la línea medianera correspondiente a la parcela 1, Manzana 65, Sección 23, Circunscripción 17, y siguiendo por ella hasta su intersección con la prolongación virtual de la línea de fondo de las parcelas frentistas a la calle La Pampa, correspondiente a las Manzanas 66 y 67, Sección 23, Circunscripción 16, hasta la intersección con el eje de la Av. Virrey Vértiz, hasta su intersección con el eje de la Avenida Juramento, por está su intersección con las vías del ferrocarril Gral. Bartolomé Mitre y por está hasta su intersección con la prolongación virtual de las líneas de fondo de las parcelas frentistas a la Avenida Juramento, correspondiente a la Manzana 50A, Sección 25, Circunscripción 16.
Art. 2°.- Aféctase a Distrito APH 44 Barrancas de Belgrano al polígono delimitado por Art. 1° de la presente normativa.
Art. 3°.- Incorpórase el parágrafo 5.4.12.44 APH 44 "Barrancas de Belgrano, al artículo .5.4.12 DISTRITO AREAS DE PROTECCION HISTORICA APH" del capítulo 5.4 NORMAS ESPECIFICAS PARA CADA DISTRITO" (A.D.610.19) del Código de Planeamiento Urbano, referido al polígono descripto en al Artículo 1° de la presente normativa, con el siguiente texto:
"5.4.12.44. DISTRICTO APH 44 "Barrancas de Belgrano"
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CARÁCTER
Conjunto urbano singular con calidad ambiental de uso público formado por la antigua barranca al río y su entorno, con ejemplos de valor arquitectónicos que refieren a distintos momentos de la evolución del área.
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DELlMITACIÓN
El distrito queda delimitado en el Plano de Zonificación y en el Plano N° 5.4.12.44a.
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PARCELAMIENTO
No será de aplicación el artículo 3.2.6. "Estímulo por englobamiento parcelario" del Código de Planeamiento Urbano (AD 610.9). Se admitirá la conformación de nuevas parcelas de hasta 1000 m2 de superficie.
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OBLlGACIÓN DE PROTEGER
4.1...
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