Ley 26.660

Fecha de la disposición13 de Abril de 2011

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N'º' 906.844

Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y lÃneas rotativas Precio $ 2,00

Buenos Aires, miércoles 13 de abril de 2011

Año CXIX Número 32.129

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LEYES FUERZAS DE SEGURIDAD 26.660

1

HIDROCARBUROS 26.659

2

DECRETOS FUERZAS DE SEGURIDAD 423/2011

1

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES 441/2011

2

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS 424/2011

3

PRESIDENCIA DE LA NACION 434/2011

4

435/2011

5

427/2011

5

433/2011

5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA 1187/2010

6

7

Primera Sección Sumario LEYES FUERZAS DE SEGURIDAD Ley 26.660

ModifÃcase la Ley Orgánica de GendarmerÃa Nacional N'° 19.349 y la Ley General de la Prefectura Naval Argentina N'° 18.398.

Sancionada: Marzo 16 de 2011

Promulgada: Abril 11 de 2011

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1

'º — Incorpórase como inciso g) del artÃculo 77 de la Ley Orgánica de GendarmerÃa Nacional, 19.349 y sus modificatorias, el siguiente:

g) Suplemento por tÃtulo: Tendrá derecho a percibirlo todo el personal con estado militar de gendarme cualquiera sea su condición de ingreso. Los montos variarán de acuerdo al plan de cada carrera en la que el personal se gradúe:

  1. TÃtulo universitario o de estudios superiores que demanden CINCO (5) o más años de estudios del tercer nivel, VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del sueldo.

  2. TÃtulo universitario o de estudios superiores que demanden CUATRO (4) años de estudios del tercer nivel, QUINCE POR CIENTO (15%) del sueldo.

  3. TÃtulo universitario o de estudios superiores que demanden de UNO (1) hasta TRES (3) años de estudios del tercer nivel,

DIEZ POR CIENTO (10%) del sueldo.

ARTICULO 2

'º — Derógase el inciso b) del artÃculo 78 de la Ley Orgánica de GendarmerÃa Nacional, 19.349 y sus modificatorias.

ARTICULO 3

'º — Incorpórase como artÃculo 55 de la Ley General de la...

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