Ley 25799
Fecha de disposición | 01 Diciembre 2003 |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2003 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 30288 |
POLITICA INDIGENA Y APOYO POLITICA INDIGENA Y APOYO A LAS COMUNIDADES ABORIGENES
Ley 25.799
Modifícase el Capítulo VIII de la Ley Nº 23.302, referido a los Planes de Vivienda.
Sancionada: Noviembre 5 de 2003.
Promulgada de Hecho: Noviembre 28 de 2003.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Modifícase el artículo 23 del Capítulo VIII de la Ley 23.302 sobre Política Indígena Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes, el que quedará redactado de la siguiente forma:
El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas gestionará la habilitación de planes especiales para la construcción de viviendas rurales y urbanas para los titulares de las tierras adjudicadas por esta ley, ante organismos nacionales, e internacionales que desarrollen planes habitacionales de fomento.
Incorpórase al Capítulo VIII de la Ley 23.302, el artículo 23 bis, el que quedará establecido con el siguiente texto:
Promuévese en el marco de la presente ley, la conservación de la cultura e inserción socioeconómica de comunidades aborígenes, considerando los siguientes aspectos relacionados con la generación de la infraestructura social básica y el posicionamiento económico de base primaria:
-
Desarrollo de nuevas destrezas aplicables a los proyectos sociales, a través de la capacitación laboral;
-
Incorporación de mano de obra propia; y
-
Desarrollo de la cultura y fomento de la autogestión comunitaria; y
-
Respeto y adaptación de las técnicas y costumbres de cada comunidad.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRES.
- REGISTRADO BAJO EL Nº 25.799 -
EDUARDO O. CAMAÑO. - JOSE L. GIOJA. - Eduardo D. Rollano. - Juan Estrada.
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