Ley 25757
Fecha de disposición | 11 Agosto 2003 |
Fecha de publicación | 11 Agosto 2003 |
Sección | Legislación y Avisos Oficiales, Leyes |
Número de Gaceta | 30210 |
COMISIONES COMISIONES
Ley 25.757
Créase en el ámbito del Congreso de la Nación una Comisión Bicameral Parlamentaria Investigadora del cumplimiento de la Ley de Cheques Nº 24.452 en cuanto establece la integración de un Fondo de Financiamiento del Programa para Personas con Discapacidad. Objeto. Facultades.
Sancionada: Julio 16 de 2003.
Promulgada de Hecho: Agosto 8 de 2003.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley
Créase en el ámbito del Congreso de la Nación una Comisión Bicameral Parlamentaria Investigadora del cumplimiento de la Ley de Cheques Nº 24.452 (modificada por la Ley 24.760) en cuanto establece la integración de un FONDO DE FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
La comisión tendrá por objeto investigar el cumplimiento de la Ley Nº 24.452, desde el día de entrada en vigor, hasta la vigencia de la Ley Nº 25.413 y, hasta la actualidad en cuanto a la retención realizada por las entidades financieras públicas y privadas, por el rechazo de cheques librados por los titulares de cuentas corrientes, cualquiera sea la denominación que a esa retención fuere adjudicada por las mismas.
El cometido de esta comisión incluye las acciones llevadas a cabo por el Banco Central de la República Argentina, en su carácter de recaudador de acuerdo a la Ley de Cheques, de las multas previstas en la misma (multas a cargo de titulares de cuentas corrientes libradores y multas a cargo de las entidades financieras), acciones judiciales contra el Banco Central e incoadas por éste. Asimismo, el destino de lo efectivamente recaudado, con determinación de los organismos que administraron el fondo, programas a los que se aplicaron y normativa, resoluciones y decretos, vinculados a la ejecución del fondo de financiamiento de programas para discapacitados.
Investigará también:
-
- El desempeño del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, en relación al carácter de órgano de aplicación del programa del Anexo B; Anexo II integrado al artículo 7º "Fondo de Financiamiento del Programa para personas con discapacidad".
-
- Las retenciones realizadas por las entidades financieras privadas y públicas, con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Competitividad Nº 25.413, bajo la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba