Ley 7944 / 2007. Ley del 25 de Octubre de 2007. Aviso Nro: 132

Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2007
Número de Boletín26657
Fecha de Publicación 7 de Noviembre de 2007

Ley N° 7.944 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

Artículo 1° Se modifica la Ley N° 5.530 (Categorías y Límites de los Municipios del Interior) y sus modificatorias, como se indica a continuación:

- Modificar el Artículo 2° de la siguiente manera:

- Agregar luego de la expresión:

"Cruz Alta", la expresión:

"Tafí del Vale". Reemplazar el Anexo N° 17, por el siguiente:

"Anexo 17:

MUNICIPALIDAD DE TAFÍ DEL VALLE LIMITE NORTE:

Desde la intersección del Morro de Taruco con el nacimiento del Río de Los Colorados, por la línea que une este punto con la confluencia del Arroyo de Las Cañadas y Río Corrales (al Norte de la Escuela N° 342), luego por el Arroyo de Las Cañadas aguas arriba hasta su nacimiento, y desde allí por el Cerro del Infiernillo hacia el Norte hasta su encuentro con el Cerro El Negrito en el límite con el departamento Tafí Viejo. LIMITE ESTE:

Por las cumbres del Cerro El Negrito desde el límite Sur de Amaicha del Valle (en la intersección del Cerro El Infiernillo y el Cerro El Negrito) hasta el Río El Remate y, por este río, hasta empalmar al Río de La Ciénaga, continuando hacia el Sur por este cauce hasta el Cerro El Negrito y, por este cerro, hasta su encuentro con el Cerro El Tafí, por el que se continúa hacia el Sur hasta el encuentro con el nacimiento del Río Queñua Grande. LIMITE SUR:

Por el Arroyo Queñua Grande, desde las cumbres del Cerro de Tafí hasta su intersección con la Ruta Provincial N° 307 en el Km 57,5 y por esta ruta, hacia el Sur, hasta el Km 55,25, encuentro con una pirca existente (línea de sauces) con dirección Este-Oeste y, por esta pirca, hacia el Oeste hasta la cota inferior del Cerro El Pelao; continuando por ésta hasta el zanjón de La Banda y por el zanjón hasta la Ruta Provincial N° 325 y, por la traza de esta Ruta, hasta su cruce con el Río Muñoz, continuando por el cauce del mismo hasta sus nacientes en las cumbres del Aconquija. LIMITE OESTE:

Siguiendo por esta cota hacia el Norte hasta el zanjón de La Banda, continuando por este zanjón hacia el Oeste hasta el encuentro con la Ruta Provincial N° 325 y, por la traza de la ruta, hasta el Río Muñoz y, por el Río Muñoz, hacia el Oeste hasta su nacimiento (Cerro del Aconquija). Art. 2°.- Se modifica la Ley N° 4.671 (Jurisdicciones Comunales)...

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