Ley 14.393

LEY 14.393.

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES - CAPÍTULO I PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL

ARTÍCULO 1º

Fíjase en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS ($139.019.619.800) el total de Erogaciones Corrientes y de Capital del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Previsión Social) para el Ejercicio 2013, con destino a cada una de las Jurisdicciones y Organismos que se indican en el artículo 2º, cuya Clasificación Económica se detalla en las Planillas Anexas Nº 1, 2, 2 bis, 3 y 4, que forman parte integrante de la presente Ley.

ARTÍCULO 2º - El importe a que se refiere el artículo anterior, será asignado a las Jurisdicciones y Organismos que se indican a continuación:

JURISDICCIÓN CIFRAS EN PESOS ADMINISTRACIÓN CENTRAL 67.662.457.675 GOBERNACIÓN 1.934.604.670 - Secretaría General de la Gobernación 1.084.503.070 - Secretaría de Derechos Humanos 32.616.500 - Secretaría de Participación Ciudadana 40.569.800 - Secretaría de Espacio Público 98.495.500 - Secretaría de Niñez y Adolescencia 678.419.800 MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 887.678.197 MINISTERIO DE GOBIERNO 70.816.900 MINISTERIO DE ECONOMÍA 28.786.345.761 - Créditos Específicos 488.400.315 - Obligaciones del Tesoro y Crédito de Emergencia 28.297.945.446 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD 13.946.627.947 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN 286.866.521 MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS 194.084.200...

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