Ley: 10378 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
MARTES 24 DE ENERO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 17
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
PODER EJECUTIVO
Ley: 10377 ............................................................................ Pag. 1
Decreto N° 1454 .................................................................... Pag. 1
Ley: 10378 ............................................................................. Pag. 1
Decreto N° 1455 .................................................................... Pag. 3
Ley: 10379 ............................................................................. Pag. 3
Decreto N° 1456 .................................................................... Pag. 5
Ley: 10407 ............................................................................. Pag. 5
Decreto N° 1753 .................................................................... Pag. 6
Decreto N° 19 ......................................................................... Pag. 7
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa N° 44 .................................................. Pag. 8
DEFENSORIA DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLECENTES
Resolución Nº 297 .................................................................. Pag. 9
Resolución Nº 296 ................................................................ Pag. 10
PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10377
Artículo 1º.- Apruébase en todas sus partes el Convenio celebrado para la
integración de la Comisión Interjurisdiccional de la Cuenca de la Laguna La
Picasa (CICLP), suscrito con fecha 15 de junio de 2016, entre el Sr. Ministro
del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y los Sres. Gobernado-
res de las Provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe.
El Convenio, compuesto de cinco fojas útiles, forma parte integrante de la
presente Ley como Anexo I.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
FDO.: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO - GUILLERMO
CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
Anexo: https://goo.gl/v0kfNy
PODER EJECUTIVO
Córdoba, 12 de octubre de 2016
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.377, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – FABIAN LOPEZ, MINISTRO DE AGUA,
AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE
ESTADO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10378
Artículo 1º.- Modifícase el Radio Municipal de la localidad de Pozo del Mo-
lle, ubicada en el Departamento Río Segundo de la Provincia de Córdoba,
de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102, según
el plano confeccionado por la citada Municipalidad, el que como Anexo I
forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo a la descripción de
los siguientes polígonos:
Polígono “A” - Área Urbana: formado por los siguientes lados:
Lado A-B: de cuatrocientos cuarenta y tres metros con setenta y seis cen-
tímetros (443,76 m), que se extiende con rumo Sudoeste desde el Vértice
A (X=6458960,875 - Y=4509243,130), ubicado en la intersección de los
alambrados que separan la Parcela 274-11019 y la Parcela 274-11020, has-
ta llegar al Vértice B (X=6458672,570 - Y=4508905,784), situado sobre el
costado Sur de camino público).
Lado B-C: de ciento cuarenta y siete metros con sesenta y cuatro centíme-
tros (147,64 m), que se prolonga con orientación Este-Oeste por el alam-
brado Sur de camino público hasta alcanzar el Vértice C (X=6458671,909
- Y=4508758,149), ubicado en la intersección con el alambrado que separa
la Parcela 274-5318 de camino público.
Lado C-D: de doscientos cuarenta y seis metros con setenta y cuatro cen-
tímetros (246,74 m), que se desarrolla con trayectoria Sur por el alambrado
que separa las Parcelas 274-5318 y 274-5218 hasta encontrar el Vértice D
(X=6458425,170 - Y=4508757,614).
Lado D-E: de doscientos veinticuatro metros con ochenta y tres centíme-
tros (224,83 m), que se proyecta con sentido Oeste por el
límite Sur de las Parcelas 274-5218 y 274-10714 hasta localizar el Vértice E
(X=6458423,087 - Y=4508532,797).
Lado E-F: de un mil dieciséis metros con veinticuatro centímetros (1.016.24
m), que corre con dirección Sur por una línea imaginaria que atraviesa la
Parcela 274-10714, a una distancia de cuatrocientos doce metros (412,00
m) del costado Este de calle 12 de Octubre, hasta arribar al Vértice F
(X=6457406,854 - Y=4508529,762), ubicado en la intersección con el ca-
mino público que conduce a la localidad de San Antonio de Litín.
Lado F-G: de trescientos doce metros con treinta y seis centímetros (312,36
m), que se extiende con rumbo Oeste siguiendo el alambrado que separa
el camino público a la localidad de San Antonio de Litín de la Parcela 274-
5018, hasta llegar al Vértice G (X=6457405,825- 4508217,405), situado en
la intersección con la línea imaginaria que corre de Norte a Sur por el lado
Oeste de calle Intendente Ernesto Bosso.

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