Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 14 de Octubre de 2016, expediente CIV 034592/2016/CA001

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 34.592/16, LENCINA YAHANA C/ DESARROLLOS EN SALUD S.A. S/ PRUEBA ANTICIPADA.-

Juz. 29 A.B.

Buenos Aires, octubre de 2016.- MC Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. La actora promueve demanda contra “Desarrollos en Salud S.A.-Sanatorio Colegiales”, J.

    1. y M.Q. y/o quien resulte responsable de los daños y perjuicios ocasionado –según aduce- cuando se llevó a cabo una cirugía de reasignación de sexo, con proctorragia y colostomía, a partir de su internación el 26 de octubre de 2014 (fs.8/20, autos principales que se tienen a la vista).

    En el presente proceso solicita en carácter de prueba anticipada que se realice una pericia médico legista a efectos de que el profesional interviniente responda al cuestionario que formula a fs.6vta./7, y que luego de realizada se corra traslado a la parte contraria (fs.7vta.), pretensión desestimada por la juzgadora a fs.11 al entender que no encuadra en ninguna de las previsiones contenidas en el art.326 del Código Procesal. El fallo es apelado por la solicitante que expresa sus agravios a fs.14/9.

    La quejosa argumenta que en oportunidad de llevarse a cabo la cirugía se realizó una incisión incorrecta que le ocasionó la perforación del intestino, debiéndose efectuar una colostomía para salvarle la vida, situación que la llevó a estar con un ano contra natura. Afirma que del control médico de dicha operación, se observó que “evoluciona con salida de materia fecal en neovagina”, en razón de lo cual es de suma urgencia volver a hacerse una cirugía reparadora, la que Fecha de firma: 14/10/2016 Firmado por: TRIBUNAL Firmado por: L.A.J., Juez de Cámara Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara #28464588#164334751#20161013103520182 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C cambiaría la condición de su cuerpo alterando el nexo causal que atribuye responsabilidad a los demandados, no pudiendo esperar la prueba pericial médica en el desarrollo del juicio principal (fs.14vta. de autos).

  2. Dentro del género de diligencias preliminares se encuentran las dos especies constituidas por las medidas preparatorias ordenatorias y las medidas conservatorias de prueba generalmente denominadas prueba anticipada, vale decir, que se trata de dos categorías procesales que tienen en común la circunstancia de ser previas a la demanda, pero difieren en cuanto a su objeto (conf.

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