Falta de legitimación pasiva del administrador judicial de la sucesión demandada

AutorEquipo Federal del Trabajo

CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

Autos Corte Nº 40/07 "ALONSO, Aldo Ernesto c/ LAZO TOURS S.R.L. – s/ Diferencias de Haberes – Rec. Casación"

SENTENCIA DEFINITIVA NÚMERO: SIETE.-

En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los 10 días del mes de Marzo del año dos mil nueve se reúne en Acuerdo la Corte de Justicia de la Provincia, integrada en estos autos por los Señores Ministros titulares Dres. LUÍS RAÚL CIPPITELLI, AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA y JOSÉ RICARDO CÁCERES bajo la Presidencia del Dr. Cippitelli, Secretaria Dra. CRISTINA DEL VALLE SALAS MARTÍNEZ, para conocer del Recurso de Casación interpuesto en los autos Corte Nº 40/07 "ALONSO, Aldo Ernesto c/ LAZO TOURS S.R.L. – s/ Diferencias de Haberes – Rec. Casación", el Tribunal se plantea las siguientes cuestiones a resolver:

1º) ¿Es procedente el recurso de casación interpuesto? En su caso, ¿qué pronunciamiento corresponde?

2º) Costas.-

Practicado el sorteo, conforme el decreto de fs. 36 y el acta obrante a fs. 35, dio el siguiente orden de votación: Ministros Dres. AMELIA DEL VALLE SESTO DE LEIVA, LÚIS RAÚL CIPPITELLI y JOSÉ RICARDO CÁCERES.-

A LA PRIMERA CUESTIÓN PLANTEADA, la Dra. Sesto de Leiva dijo:

Que a fs. 2/13 de los presentes, la demandada en autos principales interpone Recurso de Casación en contra de la Sentencia de Cámara que, confirmando parcialmente el fallo de Primera Instancia, hizo lugar a la apelación de la actora, rechazando la apelación de la ahora recurrente.

Alegando la misma que el decisorio cuestionado ha incurrido en los supuestos de arbitrariedad e incorrecta aplicación e interpretación de la ley.- - - - - - - - - - - - - -

Que ingresando a la relación de hechos de la causa la agraviada expone que la controversia se inicia por demanda laboral de la actora por despido incausado en contra de la Empresa Lazo Tours S.R.L., Ana María Lazo y/o Empresa de Transporte de Sucesión de José Luís Lazo; contestada la demanda, se niega la procedencia de diversos rubros laborales y se interpone excepción de falta de legitimación pasiva por la carencia de notificación a los herederos de José Luís Lazo.

El Juez de Primera Instancia rechaza la excepción de falta de legitimación y hace lugar parcialmente a la demanda, condenando solidariamente a Lazo Tours S.R.L., Ana Maria Lazo y herederos de José Luís Lazo por la suma de $16.756 y la entrega de certificado de trabajo.-

Apelado que fuera el decisorio por ambas partes, a su turno la Cámara hace lugar parcialmente a la apelación de la actora, imponiendo el pago de la...

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