Sentencia de SALA 1, 28 de Octubre de 2013, expediente CFP 016236/2008/11

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2013
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación Sala I, Causa N° 48.144 “

V.A. y otros s/estafa”

Juzgado N° 9 Secretaría N° 17 Expte. N° 16.236/08/11 Reg. N° 1332 Buenos Aires, 24 de octubre de 2013.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr.

Fiscal P.E. -a fs. 28/31vta.- y la parte querellante, D..

D. y S.S. en representación de la Administración Federal de Ingresos Públicos -a fs. 32/34-, contra la resolución obrante a fs. 1/26vta. en cuanto dispuso los sobreseimientos de A. C.

V., M.A.A., M.F.M., J.C.C., J. Á. F., G.R.V., S.

I. M. y H. H. M.

(art. 336, inciso 4°, del C.P.P.N).

II- La maniobra investigada habría consistido en: a través de la presentación de certificaciones bancarias apócrifas de Certificados OM2246 en la Sección Registro del Departamento Asistencia Administrativa y Técnica de Aduana Buenos Aires, cambiar la CBU de ciertos contribuyentes con el objeto de desviar los fondos que la Administración Federal de Ingresos Públicos debía depositar en sus respectivas cuentas en concepto de reintegro de IVA de exportaciones.

Así, la imputación dirigida a las autoridades de la “……………..), concretamente, consistió en: a través del ingreso a la interfaz haber modificado la CBU legítima perteneciente a la empresa “N. A. S.A.” por la correspondiente a la cuenta corriente en pesos de dicha mutual, logrando desviar la devolución de IVA de exportación en la suma de $24.090.488, 89. Ello ocurrió en el año 2008 (ver Poder Judicial de la Nación declaraciones indagatorias de fs. 292/7, 275/9 y 304/9vta., respectivamente).

Por otra parte, a G. R.

V. se le imputa haber participado en la maniobra mediante la cual, a través de la presentación de documentación apócrifa, se cambió la CBU del contribuyente “M.A.G.S.A.” por la de una cuenta corriente de su propiedad registrada en la entidad “……”, logrando desviar la devolución de IVA de exportación en cuatro oportunidades por una suma total de $.... La acreditación de los importes ocurrieron en octubre y noviembre de 2008 (ver declaración indagatoria de fs.

304/9vta.).

En el caso del hecho imputado a las autoridades de la ……………), consistió en haber participado de la maniobra mediante la cual, a través de la documentación apócrifa, se cambió la CBU del contribuyente “O.M.S.A.” por la de dicha cooperativa, logrando desviar la devolución de IVA de exportaciones, en dos oportunidades, en la suma de $...... y ……..; durante el año 2008 (ver declaraciones indagatorias de fs. 517/20, 260/2vta y 312/5, respectivamente).

A su vez, a J.A.lF. se imputa haber participado en la maniobra de similares características pero por la cual se cambió la CBU del contribuyente “...” por la de una cuenta corriente de su propiedad, en tres oportunidades, por una suma total de $345.585,08 (ver declaración indagatoria de fs. 308]/10).

Por último, en relación a H.-H.M. –agente de la AFIP-, su imputación consistió en haber participado de la maniobra mediante la cual, a través de la presentación de documentación apócrifa en la Sección de Aduana antes mencionada (Formularios OM2246), se cambiaron las CBU de los contribuyentes “…………”, para así desviar los fondos que la AFIP debía depositar en concepto de reintegro de exportaciones. En efecto, a través del ingreso a la interfaz se modificó la CBU legítima pertenecientes a las empresas mencionadas, siendo la clave que validó las operaciones descriptas la Poder Judicial de la Nación “…..”, asignada al nombrado, quien cumplía funciones ……. (ver declaración indagatoria de fs. 427/34).

Finalmente, cabe recordar que la causa se ha iniciado el 21 de noviembre de 2008, fecha en la que ….., …… y …..

se encontraban en la sucursal Plaza de Mayo del Banco de la Nación de Argentina intentando cobrar cuatro cheques a nombre de la …………; importes que correspondían, en realidad, a la empresa “…..”, en virtud de un reintegro de IVA por exportación otorgado y transferido por la AFIP. La operación no se concretó a raíz de los controles que realizó personal de la entidad bancaria. La causa, por estos hechos, se encuentra en la actualidad cursando la etapa de juicio oral.

III- El F. se agravia al considerar que las conductas imputadas a los aquí encausados, de momento, deben ser interpretadas como comportamientos estructurados sobre la base de un conocimiento efectivo que aquéllos tendrían sobre la irregularidad de la operación y la génesis ilícita de las transferencias bancarias. Ello así, desde que la maniobra pergeñada para lograr los desvíos de fondos habrían tenido como único fin los efectivos cobros indebidos y no podrían haberse realizado sin el consentimiento o conocimiento de los titulares de las diferentes cuentas bancarias.

Por otra parte, una de las partes querellantes, la Administración Federal de Ingresos Públicos, considera que resulta prematura la decisión adoptada por el magistrado desde que entiende, por un lado, inequívoca la participación de los imputados en la maniobra acusada a partir de las distintas pruebas arrimadas al proceso y, por el otro, sostiene que debería profundizarse la investigación, implementándose como medida probatoria un entrecruzamiento de las llamadas telefónicas llevadas a cabo por …..

al momento de los hechos con las mutuales a las cuales pertenecían los sobreseídos en autos.

IV- Paralelamente, las asistencias letradas de J.A.F., por un lado, y de A.V., M.A. y Poder Judicial de la Nación G.V., por el otro, han mejorado fundamentos a fs...

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