Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 25 de Octubre de 2016, expediente FCR 005815/2014/TO01/8

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia Secretaría de Ejecución Penal “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

Comodoro Rivadavia, de octubre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS:

Este Legajo de Control Carcelario N° FCR 5815/2014/TO1/8 de R.O.H., desprendido del Expediente Nº FCR 5815/2014/TO1/8 caratulado:

H., R. y otros s/infracción Ley 23.737

.

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 15/vta la Defensa Pública Oficial de R.O.H. solicitó una salida excepcional con el fin de que su defendido pueda visitar a su familia - pareja y tres hijos menores-, en el domicilio ubicado en Ceferino Namuncurá Nº 1347, esq. Pasaje Progreso Bº Progreso de la ciudad de Trelew. Funda su petición en que por el nacimiento de su hija de cinco meses su pareja se ve imposibilitada de trasladarse hasta la Unidad donde se encuentra alojado para realizar la visita que le corresponde, y que las comunicaciones telefónicas con los menores no son factibles por sus edades. Cita los arts. 5, 7 y 51 del Decreto 1136/97 reglamentario del Capitulo XI de la ley 24.660 y art. 79 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (ONU 1995), ello a fin de afianzar y mejorar los lazos familiares de su asistido.-

Que el procesado se encuentra detenido en la Unidad Nº6 del Servicio Penitenciario Federal, anotado a disposición de este Tribunal, conforme surge de fs.7.-

Que a fs.8/11vta obran las actuaciones remitidas por la Sección Asistencia Social de la Unidad Nº6 del S.P.F., a saber: 1) manuscrito mediante el cual HERNANDEZ solicita el beneficio de salidas extraordinarias para afianzare vínculo familiar; 2) Acta de entrevista domiciliaria a la Sra. F.A.C., concubina del interno, donde presta conformidad para las medidas de seguridad que pudieran implementarse en el caso de llevarse a cabo una visita, y constatan el domicilio, adjuntado croquis de la vivienda sita en calle C.N. de la ciudad de Trelew; 3) el informe social Nº70/2016, del cual surge que el grupo familiar está compuesto por la Sra. C., pareja del interno, y sus tres hijos menores -de 3 años, 1 años y 9 meses, y el menor de 5 meses de edad.-

Que corrida vista al Ministerio Público Fiscal, su representante dictaminó a fs.

18 entendiendo que corresponde la visita por consolidación familiar excepcional con la debida custodia, en los términos que doy por reproducidos “brevitatis causa”.-

Que teniendo en cuenta lo manifestado por el interno a fs.8, los informes de la...

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