Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 19 de Junio de 2015, expediente FPO 003059/2014/7/CA001

Fecha de Resolución19 de Junio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 3059/2014/7/CA1 Legajo de Apelación de SAUCEDO, E. por

I.. Ley 22.415. E.. Nº FPO 3059/2014/7/CA1 ///sadas, a los 19 días del mes de Junio de 2015.

VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Que, llega el presente

legajo a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del

recurso de apelación interpuesto a fs. 104/105 por la defensa

técnica de la imputada E., contra el decisorio de fs.

102/103 por medio del cual la Magistrada de la Instancia que precede

dispuso su procesamiento sin prisión preventiva por encontrarla prima

facie penalmente responsable del delito de Encubrimiento de

Contrabando en calidad de Participe Necesario.

2) Ingresando al tratamiento de la cuestión que es objeto de

estudio, advertimos que es menester a los efectos de una correcta

interpretación y entendimiento de las cuestiones traídas a examen

realizar una breve reseña de los hechos.

En tal sentido, conforme emerge de las circunstancias

fácticas acreditadas; las presentes actuaciones tienen su origen el día

23 de abril del pasado año 2014, siendo aproximadamente las 22:50

hs., cuando personal de la Gendarmería Nacional encontrándose

apostado a 3 kilómetros del Paraje Bella Vista (Cerro Corá,

departamento de Candelaria, M..) con todas las señalizaciones

reglamentarias a los efectos de evitar accidentes, observó un vehículo

color rojo que al percatarse de la presencia de la fuerza realizó una

maniobra de giro en “U” , dándose a la fuga en sentido contrario;

entrando en un camino de tierra, en mal estado razón por la cual el

conductor abandona el rodado emprendiendo la fuga presumiblemente

a pie, y que a pesar del rastrillaje realizado no fue habido. El vehículo

abandonado resulto ser un Volkswagen “GOL” 1.6 sedan dominio

colocado “GTT636”, en cuyo interior se constató la existencia de 500

cartones de cigarrillos de procedencia extranjera sin el aval aduanero

Fecha de firma: 19/06/2015 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIO DE CAMARA correspondiente con un valor, conforme aforo, de CINCUENTA MIL

DOS PESOS, CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 50.002,96) y

en la guantera del mencionado vehículo se halló el titulo de propiedad

del automotor a nombre de E. y una autorización

para conducir a nombre de J..

Por el mencionado hecho, se dicto el procesamiento de Juan

Raúl Melo como autor del delito de Encubrimiento de Contrabando en

virtud de haberse recolectado elementos probatorios para presumir

que el imputado era el conductor del vehículo en el cual se encontró la

mercadería en infracción. Con posterioridad, el Ministerio Fiscal, en

dictamen de fs. 67 y vta., consideró que también le cabe

responsabilidad por el delito a la titular registral del rodado en el cual

se desplazaba M.; por todo ello y en base a los elementos

reconvicción agregados, fue procesada por...

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