Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA, 21 de Mayo de 2015, expediente FGR 010726/2013/2

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Legajo de apelación de CURRUHUINCA, J.H. -B., E.C. en autos:

‘CURRUHUINCA, J.H. -B., E.C. por infracción Ley 23.737 (art.5 inc.c)’”(Expte. N° FGR 10726/2013/2) Juzgado Federal N° 2 de Neuquén, Secretaría Nº 2 En la ciudad de General Roca, a los 21 días del mes de mayo de dos mil quince, siendo las 09:55 horas se constituye en la sala de audiencias de estos Tribunales Federales la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca presidida por el doctor R.G.B. y los vocales R.F.G. y M.R.L., a efectos de recibir el informe in voce previsto en el art.454 del CPP, en los autos arriba indicados. Comparece al acto el doctor L.M.V., defensor particular en representación de los imputados J.H.C. y E.C.B..

Cedida la palabra al recurrente, éste expresó los agravios señalando que sólo mantenía el recurso en lo referente a la agravante del art.11, inc. a, de la ley 23.737, solicitando únicamente la revocación de este aspecto del pronunciamiento apelado. Culminada su exposición, el tribunal pasó a considerar los fundamentos en que se asienta el recurso y tras un intermedio, ya agotada la deliberación de los magistrados, EL TRIBUNAL CONSIDERA: Corresponde señalar que los imputados vienen procesados por la figura de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en cuyo contexto no se ha precisado cuál ha sido el aporte de la menor individualizada en el auto apelado para consumar dicha tenencia. Nótese...

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