Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala I, 26 de Noviembre de 2014, expediente FLP 051010481/2012/1

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2014
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I FLP 51010481/2012/1 La Plata, 26 noviembre de 2014 AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el nro. FLP 51010481/2012/1 (7184/I) caratulada: “Legajo de Control de K., Y.T. en autos beneficiario K., Y.T. por Hábeas Corpus”, procedente del Juzgado Federal nro. 1 de Lomas de Z., Secretaria 1; y CONSIDERANDO: Que llegan las actuaciones a esta Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto y motivado a fs. 41/42 y vta. por el señor Defensor Ad Hoc doctor A.S.. Dicho recurso fue interpuesto contra la resolución de fs. 38/40 por la cual se decide en su punto

I) No hacer lugar a la petición de fijar sanciones al personal del Servicio Penitenciario Federal contempladas en el art. 24 de la ley 23.098, solicitadas por el Sr.

Defensor Oficial Ad-Hoc, Dr. L.D., en representación del interno Y.T.K., en el marco del presente legajo de control formado en el marco de la causa FLP 51010481/2012 caratulada: “K., Y. T. S/ HÁBEAS CORPUS” 14373/2014, en trámite por ante este Tribunal; en su punto II)

Extraer Testimonios del presente legajo de control, a los fines de investigar la posible comisión de un delito de acción pública; en su punto

III) Comunicar la presente problemática a la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario, a los fines estime corresponder.

Que a través del recurso, fundado con el memorial agregado a fs.

53/55 por la señora Defensora Pública Oficial M.I.S. en los términos del art. 20, segundo párrafo de la ley 23.098, surge que el agravio reside en la no aplicación de un correctivo disciplinario por el incumplimiento de la entrega de elementos de higiene correspondiente al mes de abril del año en curso, sobre la base de lo resuelto por esta Sala el 22 de noviembre de 2013 (cfr. fs. 1 /2), oportunidad en la que se dispuso que: En cuanto a la sanción contemplada en el art. 24 de la ley 23.098, deberá notificarse a la totalidad del personal del Servicio Penitenciario Federal responsable del suministro de los elementos de higiene, que ante futuros incumplimientos serán pasibles de las sanciones que les impone la citada norma” , “…Apelando (el magistrado)

a una interpretación lingüística literal de la norma (al) afirmar que el correctivo previsto en la ley; resulta aplicable a situaciones donde se advierte Fecha de firma: 26/11/2014 Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: A.M.D.D., SECRETARIA...

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