Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 2 de Febrero de 2017, expediente FPA 004768/2013/TO04/6

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

raná, de febrero de 2017.

Y VISTO:

El presente legajo de ejecución NºFPA 4768/2013/TO4/6 caratulado “SPOTURNO MARÍA LAURA POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, y CONSIDERANDO:

  1. a) Que a fs. 586/593 la condenada M.L.S., con el patrocinio letrado de su defensor Dr. J.Q., interesó se le conceda la “SEMIDETENCIÓN” prevista en el art. 39 de la ley 24.660, en cuyo caso pidió

    además la modalidad de “Prisión Nocturna” de Lunes a D., en el lapso comprendido entre las 21:00 y 06:00 hs., proponiendo como responsable de dicha modalidad de cumplimiento de la pena a su hermana R.S..

    Argumenta en sustento de su petición que “Este instituto tiene la ventaja de que en mi carácter de condenada pueda llevar adelante una vida normal, por otro lado que me permita conservar y sacar adelante el emprendimiento comercial como herramienta de trabajo para el beneficio de mi familia, generando además que los lazos familiares y sociales no se vean tan afectados como en el instituto de la prisión convencional” (conf. fs. 589).

    Destaca que la solicitud efectuada atenúa aún más los efectos no queridos de la pena privativa de la libertad y aumentan el tránsito de su persona en el proceso de reinserción social. Destaca que el ámbito laboral “…es un medio para relacionarme con mis pares, una oportunidad para practicar la cooperación y en el que, además puedo colaborar en una obra que me trasciende. De este modo, mientras realizo mi labor, comparto jornada de trabajo junto con otras personas, no solo mi hija con quien fortaleceré los lazos sino también con gente nueva, clientes y proveedores reafirmando en mi persona los conceptos de entender el trabajo como un medio idóneo para adquirir hábitos como la constancia, sentimientos de autosuficiencia que me permiten mejorar autoestima…” (Conf. fs. 591).

    Por último expresa que “…la solicitud de que me otorgue la SEMIDETENCIÓN que suplantará el actual beneficio otorgado y funcionará como un paso más en la progresividad de mi reinserción social, dejando en forma Fecha de firma: 02/02/2017 Firmado por: N.M.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.A.M., SECRETARIO DE JUZGADO #27815840#170700362#20170202125803546 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

    subsidiaria el planteo de ampliación en horarios y días de Salidas Laboral de la que gozo.” (Conf. fs. 592).

    1. Que a fs. 594 la condenada interesó “…se me autorice la visita a mi esposo E.G.G.C., detenido y alojado en la Unidad Penal nº1, los días y horarios fijados al efecto en dicha unidad carcelaria, autorizándoseme además para realizar visitas en compañía de mis hijos C.L., N. y S.C.”.

  2. Que corrida la pertinente vista, el Ministerio Público Fiscal se expidió

    a fs. 636 vta. en sentido desfavorable a las peticiones formuladas por la defensa de S..

    Que respecto del pedido de fs. 586/593, destacó que el art. 35 de la ley 24.660 regula específicamente los supuestos que habilitan la concesión del beneficio de prisión discontinua y semidetención, sin que de los argumentos esgrimidos por la defensa de la condenada se advierta ningún motivo contemplado por la ley, como tampoco que existan razones suficientes para excepcionar tal normativa. En base a ello concluyó que no corresponde hacer lugar al beneficio interesado.

    En relación al pedido efectuado a fs. 594 dictaminó que “…de...

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